El Tribunal Supremo absolvió a seis condenados por narcotráfico en A Coruña debido a que las escuchas telefónicas que llevaron a la pena inicial no cuentan con todas las garantías constitucionales. La sala de lo Penal estima el recurso de casación de los seis encausados, a los que la Audiencia Provincial de A Coruña les había impuesto más de seis años de prisión por llevar un alijo de 1,9 kilogramos de heroína entre Madrid y Ferrol en marzo de 2014.

El tribunal considera inválidas las intervenciones telefónicas que proporcionaron a la totalidad de las pruebas, ya que no constan en las actuaciones ni los autos judiciales que las acordaron ni los oficios policiales que las solicitaron. La operación se originó por unas intervenciones telefónicas acordadas por un juzgado de Ribeira, que luego se inhibió en favor de otro de Ferrol.

Los magistrados consideran que "se trata de un vacío total, y no de una mera insuficiencia en la motivación que por su entidad permita convalidar los resultados". Ante la falta de constancia de la legitimidad de las escuchas, se estimó la petición de vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones de los recurrentes, que fueron absueltos.