Caso mediático

Condenan a 10 meses de prisión a dos paparazzi por vender las fotos en toples de Mariló Montero

La Audiencia de Barcelona considera que cometieron un delito de revelación de secretos

Mariló Monter.

Mariló Monter. / CANAL SUR

Germán González

La Audiencia de Barcelona ha impuesto una pena de 10 meses de prisión y multa de 1.440 euros a los paparazzi Gustavo González y Diego Arrabal por un delito de revelación de secretos. Lo cometieron cuando vendieron unas fotos de la presentadora Mariló Montero en toples hechas en la Semana Santa de 2015 en Bora Bora

La sentencia señala que Montero, "es una conocida periodista que viene desarrollando su profesión desde hace muchos años en diversos medios de comunicación. A pesar de que ha intentado siempre mantener preservada su vida íntima, personal y familiar, ha sido objeto de constantes seguimientos por parte de los periodistas y fotógrafos de la llamada "prensa rosa" o "prensa del corazón" que ha publicado en numerosas ocasiones reportajes gráficos sin que conste que en ninguno de los casos haya comercializado con su imagen".

Por eso, la presentadora eligió un viaje con una amiga al atolón de Bora Bora en Semana Santa de 2015, ya que quería "mantener a salvo su intimidad y a consecuencia del seguimiento y acoso que había sufrido en un reciente viaje a las Islas Maldivas en compañía de sus hijos, se preocupó de buscar un destino lejano y lo suficientemente protegido para evitar situaciones similares".

La agencia de viajes le ofreció este destino "como el adecuado para disfrutar de un tiempo de descanso tranquilo, reservado y alejado de cualquier acoso periodístico" e incluso Montero "no se lo comunicó ni a su entorno familiar ni a ninguna de sus amistades, ni tan siquiera" a la amiga que la acompañaba hasta que estuvieron en el aeropuerto.

Alojamiento seguro

Las dos amigas se alojaron en un bungalow de hotel con acceso a una playa y en el tiempo que estuvieron allí "no percibieron la presencia de periodista o fotógrafo alguno", indica la sentencia, que recuerda que al pasar "largos periodos en la terraza frente al mar en la seguridad de que se encontraban en un ámbito de intimidad propia del lugar que en aquel momento constituía su domicilio temporal, permaneciendo en la misma en pijama, en bikini y, en el caso de la señora Montero en algún momento desprendiéndose incluso de la parte superior de aquel para tomar el sol".

Sin embargo, varios fotógrafos obtuvieron imágenes de las dos amigas en la terraza "mediante un potente teleobjetivo bien desde una embarcación, bien desde uno de los bungalows que el mismo complejo hotelero tiene directamente semisumergidos en el mar frente a los que se encuentran en la playa". El tribunal señala que la sociedad Diegus SL, propiedad de Gustavo González y Diego Arrabal reservó un alojamiento en el hotel un día antes de la llegada de la presentadora, pese a que se desconoce "la identidad de quienes pudieran ser sus ocupantes".

La Audiencia de Barcelona destaca que Diegus SL tiene como objeto social "la obtención, confección, mediación, compra y venta de todo tipo de material audiovisual, en cualquier soporte, formato o medio, así como de los derechos de imagen que pudieran derivarse de los mismos. Así como la obtención, redacción, asistencia y ofrecimiento de todo tipo de entrevistas en cualquier medio, soporte o formato y las actuaciones propias de las agencias de prensa". Es propiedad de los condenados, pero funciona con el nombre de Código Press.

Ochenta fotos

Un comercial de esta sociedad, por encargo de Gustavo González y Diego Arrabal, ofreció la compra de unas 80 fotografías de Montero, entre las que había algunas en toples, a la revista Lecturas. Su director consideró que "no eran publicables por apreciar indicios de ilicitud en su obtención y las remitió a la señora Montero para alertarla de su existencia".

La sentencia recuerda que no se sabe cómo los acusados "obtuvieron" las imágenes ni si fueron ofrecidas a otros medios. El agente de Montero alertó "a las revistas del ramo advirtiendo de que las fotos habían sido tomadas en un lugar privado y que su publicación podría constituir un acto ilícito". El tribunal tuvo en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas para imponer la pena, ya que han pasado nueve años desde que se inició el procedimiento judicial hasta que ha salido esta condena de la Audiencia de Barcelona.

La sentencia considera que "no existe ninguna duda" en la difusión y cesión a terceros de las imágenes captadas, ya que los condenados reconocieron que las ofrecieron a Lecturas, ya que era el medio con el que Montero "tenía más relación y en la que se han publicado otros reportajes" sobre ella. Pese a esto el tribunal señala que no hay pruebas de que las fotografías "pasaran de mano en mano", como dijo Montero en su declaración, entre varios medios de comunicación.

Nueve años de proceso judicial

A principios del año 2022, el Juzgado de Primera Instancia número 35 de Madrid condenó a la agencia de los citados fotógrafos, Código Press, a pagar 340.000 euros por captar estas imágenes, la indemnización más alta en España por sentencia judicial por captar fotos sin permiso. De esa cantidad Montero recibiría 265.000 euros por daños morales mientras que su amiga el resto. 

Sin embargo, en agosto de 2022, la Audiencia de Madrid revocó la condena al indicar que existía un procedimiento penal abierto por revelación de secretos en Barcelona contra los paparazzi, ya que la sede de Lecturas está en esta ciudad, y que hasta que no se resolviera no se podría iniciar acciones civiles. Con la sentencia de la Audiencia de Barcelona se pone punto y aparte al proceso penal, aunque todavía se puede recurrir.