El Tribunal Supremo acaba de estimar parcialmente los recursos presentados por Iberdrola y Gas Natural Fenosa contra el real decreto por el que se regulaba el nuevo sistema de precios de venta al pequeño consumidor (PVPC) -la tarifa regulada-, y obliga al Gobierno a "regular con precisión la metodología de cálculo del margen de comercialización" eléctrico, la retribución que cobran las eléctricas por los costes de dar este servicio.

En las sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal señala que el apartado del real decreto por el que se establece la metodología de cálculo de los PVPC de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, es "disconforme a Derecho" e infringe los principios de transparencia, objetividad, suficiencia tarifaria y proporcionalidad que exige la ley, por lo que debe ser anulado.

El fallo exige al Gobierno que fije el margen de comercialización fijo "previa adopción de una metodología de cálculo acorde con las previsiones establecidas" en la Ley del Sector Eléctrico. El Gobierno tendrá que refacturar (las eléctricas dan por hecho que será al alza) la luz a los 13 millones de usuarios con PVPC, ya que el Supremo considera que el margen de comercialización que reciben las eléctricas (de 4 euros por kilovatio de potencia contratada anuales, que paga el consumidor) debe ser revisado desde abril de 2014, según adelantó Cinco Días.

Las empresas recurrieron al Supremo al entender que el actual margen no permite cubrir los costes de comercialización que tienen que asumir.

El Ministerio de Industria ya anunció ayer que volverá a calcular ese margen y acaba de requerir a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que elabore un informe sobre los costes para establecer un nuevo margen de comercialización eléctrico. Industria admite que tras el nuevo valor, las eléctricas tendrán que refacturar "en positivo o negativo" desde abril de 2014.