El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla admitió a trámite la solicitud de bancos, entidades y sociedades que piden la homologación del acuerdo de refinanciación de Abengoa, suscrito el mes pasado y adoptado por más del 51% de sus respectivos acreedores para evitar la entrada en concurso. Con esta providencia, el magistrado Pedro Márquez, encargado del juzgado, declara la paralización de las ejecuciones singulares que se siguieran contra el patrimonio de cada una de las sociedades deudoras, lo que implica la imposibilidad de iniciar tales ejecuciones hasta que se resuelva definitivamente la homologación.

En concreto, la homologación se producirá cuando se dicte auto denegatorio de la misma, cuando haya precluído el plazo para la presentación de impugnaciones frente a la homologación acordada o cuando se dicte sentencia en el seno del incidente de impugnación.

En la providencia se hace constar que, entre los cuatro efectos cuya extensión se pretende, el primero es fijar el porcentaje concreto de la quita respecto de todo el importe de deuda afectada definida por el acuerdo de refinanciación. El segundo se refiere a que del porcentaje restante. Su fecha de vencimiento será de diez años.