Los colegios que realizan segregación de sus alumnos por sexos recibirán subvenciones como centros concertados al margen de que el asunto haya sido recurrido ante el Tribunal Constitucional y esté pendiente de su resolución al respecto, según una sentencia del Supremo notificada ayer.

La sentencia del Supremo sigue el criterio que establece una reforma legislativa de 2013, la operada con la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce, de 2013), que cambió lo que preveía la Ley Orgánica de Educación (LOE) en lo relativo a la separación de niños y niñas. Esta reforma fue recurrida por la Junta de Andalucía ante el Tribunal Constitucional. En coherencia con su criterio de que esa ley no respeta el derecho fundamental a la igualdad, el ejecutivo andaluz no subvencionó a los centros que segregan por sexos. El fallo divulgado ayer responde al recurso de un centro afectado por esa decisión del ejecutivo andaluz.