Así es ahora la jubilación anticipada: el nuevo Real Decreto modificó sus requisitos
Entró en vigor el pasado 1 de junio y modifica varias condiciones para disfrutar de la jubilación anticipada
El pasado 1 de junio de 2023, entró en vigor el Real Decreto 370/2023 con la intención de modificar la normativa existente para "facilitar y flexibilizar el acceso a la pensión de jubilación de las personas trabajadoras que han mantenido una actividad durante el período mínimo establecido para causar derecho a pensión de jubilación a pensar de presentar una patología generadora de discapacidad que reduce su esperanza de vida y pueden acreditar que durante cinco años de eses período han estado afectos de una discapacidad de al menos el 45 por ciento".
La principal novedad que trae este Real Decreto es haber reducido de 15 a 5 años cotizados con el 45 por ciento de discapacidad reconocido, aunque en total siguen siendo 15 los años mínimos cotizados necesarios para disfrutar de la pensión contributiva de jubilación.
El Círculo de Empresarios plantea retrasar edad de jubilación entre los 68 y los 72 años
Las enfermedades que, según este Real Decreto, dan derecho a solicitar la jubilación anticipada son la discapacidad intelectual, la parálisis cerebral, las anomalías genéticas, los trastornos del espectro autista, las anomalías congénitas secundarias a Talidomina, las secuencias de polio o síndrome postpolio, la enfermedad mental y las enfermedades neurológicas.
Aunque estas son las patologías recogidas en la lista, el texto abre la posibilidad a introducir nuevas a través de una Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión.
Cambios en las pensiones por incapacidad: así puedes mejorar la prestación a partir de los 55 años
Requisitos para solicitar la jubilación anticipada
En primer lugar, hay que presentar una "certificación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de la respectiva comunidad autónoma que haya recibido la transferencia de funciones y servicios de aquel, debiendo indicar la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la discapacidad" que acredite que se han pasado por lo menos cinco años en activo en el mercado laboral teniendo una discapacidad del 45%.
Si haces esto podrás jubilarte a los 61 años en 2023
Además, hay que acreditar que la enfermedad que causa la discapacidad se ha padecido durante al menos 15 años "mediante un informe médico que deberá indicar la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patología, ya sea esta la fecha del nacimiento o una posterior".
Cuatro de cada diez personas con soledad no deseada son jóvenes, el doble que jubilados
Listado de discapacidades que pueden dar lugar a la jubilación anticipada
El listado de discapacidades que pueden dar lugar a la jubilación anticipada es:
- Discapacidad intelectual.
- Parálisis cerebral.
- Anomalías genéticas:
- Síndrome de Down.
- Síndrome de Prader Willi.
- Síndrome X frágil.
- Osteogénesis imperfecta.
- Acondroplasia.
- Fibrosis Quística.
- Enfermedad de Wilson.
- Trastornos del espectro autista.
- Anomalías congénitas secundarias a Talidomida.
- Secuelas de polio o síndrome postpolio.
- Daño cerebral (adquirido):
- Traumatismo craneoencefálico.
- Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones.
- Enfermedad mental:
- Esquizofrenia.
- Trastorno bipolar.
- Enfermedad neurológica:
- Esclerosis lateral Amiotrófica.
- Esclerosis múltiple.
- Leucodistrofias.
- Síndrome de Tourette.
- Lesión medular traumática.
Temas
Más en Economía
-
Hacienda pone el foco en las transferencias entre padres e hijos: el nuevo objetivo de la Agencia Tributaria
-
El arma legal del Gobierno para frenar la fusión BBVA-Sabadell: tendrá la "última palabra" incluso tras la OPA
-
Los procedimientos concursales en Galicia crecen un 64% este año
-
Unos 16.000 accionistas gallegos, asturianos y castellanoleoneses del Sabadell deciden la opa