Un tributo que gravaría operaciones en rústico y se deduciría del IRPF
La segunda de las propuesta de los ayuntamientos pasa por una reforma total del impuesto de plusvalía. Ya no se tiene en cuenta el valor catastral, sino que la base imponible se calcularía simplemente como la diferencia entre "el valor de transmisión" (precio de venta) y el "valor de adquisición" (precio de compara). Ahora bien, con este modelo la base imponible no sería solo el valor del suelo, sino también el de la construcción. En este sistema planteado por la FEMP no solo se gravarían las transmisiones de bienes inmuebles en suelo urbano, sino también los de naturaleza rústica -ahora exentas-.
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