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El Supremo avala la norma que obliga a que los caballos lleven un 'chip'

El Alto Tribunal ratifica la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Xustiza

La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación de las entidades Asociación Cabalar Monte Acibal de Amil y Asociación Lobo contra el decreto de la Consellería de Medio Rural que regula la identificación y ordenación zoosanitaria de los animales equinos en Galicia. Este decreto obliga a los propietarios a instalar un microchip en los caballos en libertad para que estén identificados.

Según informó el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el Supremo ratifica la sentencia dictada precisamente por el alto tribunal gallego el 16 de abril de 2015.

El recurso argumentaba que el decreto impugnado, al establecer la propiedad de los caballos salvajes de Galicia, contravenía el artículo 465 del Código Civil, conforme al cual, según el criterio de la asociación, tan solo se podría afirmar un derecho de posesión con un tipo de aprovechamiento limitado al periodo de la celebración de los tradicionales curros que tienen lugar uno o dos días al año.

De esta manera, la posesión estaría limitada a esos momentos concretos y no se podía extender al momento posterior, cuando los caballos salvajes recuperan su libertad y vuelven a su medio natural en el monte.

El Supremo, sin embargo, contesta que "ninguna de las previsiones que incorpora el decreto impugnado vulnera dicho artículo del Código Civil", ya que en él no se regula la posesión de los animales salvajes, sino las obligaciones administrativas que incumben a quienes sean titulares de explotaciones de equinos, incluidos los que están en régimen de libertad.

Añaden los magistrados que el régimen civil de propiedad y posesión de los animales salvajes no es incompatible con el ejercicio de las potestades administrativas de tutela del interés público en materia de sanidad animal y la prevención de los eventuales riesgos que para terceros puedan originar los animales que deambulen en libertad, así como la obligación de contar con un seguro que cubra las irresponsabilidades en que se pudiera incurrir.

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