Baltar defiende que no delinquió: no pasó de 200 km/h en el coche oficial y pagó la multa

Su abogado discute el atestado de la Guardia Civil, que fijó la velocidad en 215, y alega que el caso se zanjó al pagar la sanción

Baltar, junto a su abogado, a su llegada ayer al Supremo para prestar declaración. |   // DANIEL GONZÁLEZ

Baltar, junto a su abogado, a su llegada ayer al Supremo para prestar declaración. | // DANIEL GONZÁLEZ / J. F.

Jorge Fauró

Jorge Fauró

Casi nueve meses después de ser detectado en la A-52 a alta velocidad al volante del coche oficial de la Diputación de Ourense, el expresidente provincial y actual senador del PPdeG por designación autonómica, Manuel Baltar, compareció ayer en el Tribunal Supremo para prestar una declaración voluntaria ante la magistrada Ana Ferrer, que instruye una causa por un presunto delito contra la seguridad vial, una infracción penal que el político niega, a tenor de la línea que mantiene su defensa. Baltar discute la versión de la Guardia Civil y se opone a que el alto tribunal remita al Senado un suplicatorio para poder juzgarlo.

El abogado defensor, Ramón Montero, afirmó que “no existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora”. Esa velocidad es la mínima —sin contar el margen de error del radar— para que pisar más de la cuenta el acelerador en una autovía o una autopista constituya un delito vial (80 kilómetros más que el límite establecido en el tramo, el genérico en las autovías y autopistas, de 120 km/h).

El letrado, cuya incomparecencia por motivos de salud obligó a aplazar la declaración de Baltar una semana, sostiene que “estos hechos ya han sido resueltos”, porque Baltar abonó una multa por vía administrativa tras ser detectado por la Guardia Civil de Tráfico el domingo 23 de abril, cuando circulaba en el vehículo oficial por la autovía A-52, a la altura del municipio zamorano de Asturianos. “Ha habido un expediente, como a cualquier ciudadano en la misma situación, por haber tenido en algún momento una multa por exceso de velocidad”, alega el representante legal del senador popular.

La postura de defensa de Baltar es que este procedimiento, que dificultó su continuidad en el cargo de la Diputación tras perder la mayoría absoluta en las municipales de mayo, “no debe dar lugar a ningún tipo de continuidad a la causa”. Montero considera que es “innecesario” que el Tribunal Supremo solicite el suplicatorio a la Cámara Alta para juzgar a Baltar por presunto delito vial. “Para que un juez derive una autorización preceptiva de las Cortes por una persona aforada es porque existe algún indicio de algún tipo de actuación delictiva. En este caso no lo hay”, sostiene el letrado.

En su opinión, “no se puede reabrir un procedimiento que ya ha sido objeto de sanción pero, sobre todo, mucho más importante, no había actuación delictiva ninguna”. Según la agencia Efe, cuando fue preguntado por la documentación de la Guardia Civil que cifra la velocidad en 215 km/hora, el letrado desmintió al instituto armado, al decir no solo que “no fue así” sino que “la Guardia Civil dijo que no era superior a los 200 km/h, y eso es lo que pasó”.

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