El Tribunal Supremo ha decidido que procede condenar por delito contra la salud pública a los responsables una asociación de consumidores de cannabis de Vizcaya al apreciar que no les es aplicable la doctrina del autoconsumo compartido como eximente. Los magistrados han acordado estimar el recurso que presentó la Fiscalía contra que absolvió a los responsables de la asociación.