El juez ourensano Alfonso Villagómez Cebrián, magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, ha anulado la orden 1008/202 del Gobierno de la Comunidad de Madrid por la que prohibía fumar en espacios públicos si no se podía garantizar la distancia de seguridad y el botellón, y suspendía la actividad de los locales de ocio nocturno, entre otras medidas restrictivas contra el Covid-19, al entender que no se ajusta al ordenamiento jurídico.

El magistrado entiende que la norma autonómica no se puede aplicar al hacer referencia a una orden del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada previamente en el Boletín Oficial del Estado, lo que la convierte en "nula de pleno derecho". "La citada Orden del Ministerio de Sanidad no ha sido publicada, cuando, como es sabido, las normas y disposiciones generales tienen que ser publicadas para que sean de obligado cumplimiento para todos", explica el auto al que ha podido tener acceso este diario que añade: "Por consiguiente, esta orden comunicada del ministro de Sanidad no ha ganado eficacia y vigencia por no haberse publicado, con la consecuencia trascendental de ser nula de pleno derecho y que, además, no podría ser convalidada". Villagómez añade, además, que una comunidad "no puede limitar los derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma", que puede quedar limitado en este caso a la Comunidad de Madrid.

"Porque, a partir de un cierto umbral de intensidad en la afectación de los derechos fundamentales, que no se aprecia en la Orden 1008/2020, si dicha limitación afecta a la generalidad del territorio de la comunidad autónoma, la única opción, excepción hecha del recurso a instrumentos más gravosos (estado de excepción), es una declaración de estado de alarma singularizada a su territorio tal como se contempla en el artículo 5 en la citada Ley Orgánica", reza el auto.

Villagómez mantiene que los derechos fundamentales "no son ilimitados", por lo que pueden "modularse cumpliendo los requisitos legales para ello". Sin embargo, matiza que es necesario cumplir la normativa actual, algo que no se ha producido en la norma que tenía que ser ratificada.

Añade que es "consciente de las dificultades" a las que se enfrenta el país a causa de la pandemia y de la necesidad de conjugar las cuestiones sanitarias y económicas, pero advierte de que el Covid-19 ha dejado al descubierto "muchos problemas normativos y jurídicos" que deben resolverse por los órganos constitucionalmente competentes, respetando la legislación vigente y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Con idéntico escenario, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valéncia sí ha ratificado las medidas adicionales adoptadas por la Consellería de Sanidad. En el caso de Galicia, al Xunta cuenta con mantener el apoyo de la justicia. "Las decisiones que se han tomado están en todo momento justificadas por la situación de emergencia sanitaria y con un escrupuloso respeto a la legalidad y a los derechos de la población. Por lo tanto, confiamos en que las autoridades judiciales así lo entenderán también, dentro de su absoluta independencia", dicen en la Xunta.

Por otra parte, el Gobierno de Madrid recomendó a los ciudadanos de las zonas con más positivos "evitar viajes innecesarios" y "quedarse en casa" aunque por ahora descarta confinamientos.