El Congreso aprueba la ‘ley trans’, que establece la autodeterminación del género

“Permite a todo el mundo ser quien es sin miedo, sin culpa y sin discriminación”, defiende la ministra de Igualdad | Las personas trans dejarán de ser consideradas enfermas

La ministra Irene Montero (centro) y activistas celebran la nueva ley con la bandera trans frente al Congreso de los Diputados.   | // ALEJANDRO MARTÍNEZ

La ministra Irene Montero (centro) y activistas celebran la nueva ley con la bandera trans frente al Congreso de los Diputados. | // ALEJANDRO MARTÍNEZ / Violeta Molina Gallardo n n n n n n n n n n

Violeta Molina Gallardo

La ley trans es una realidad: el Congreso de los Diputados dio el visto bueno definitivo a la norma que reconoce la autodeterminación del género de las personas trans y deja de considerarlas enfermas. “Esta ley permite a todo el mundo ser quien es sin miedo, sin culpa y sin discriminación. (...) Nos dijeron que era imposible, hoy es ley, así que, por favor, con todo el orgullo, con toda la felicidad, celebrad, llenad de orgullo las calles de nuestro país. Nunca más un país sin las personas trans”, celebró la ministra de Igualdad, Irene Montero.

El asunto que más debates e incendios ha desatado, dentro y fuera del Gobierno de coalición, ha sido la autodeterminación de género de las personas trans, es decir, su cambio de sexo legal sin requisitos, especialmente entre los menores de edad. Más allá de este punto, se trata de una ley integral con medidas en distintos ámbitos. Aquí van las principales:

La autodeterminación de género.

Las personas trans podrán modificar su sexo legal en el Registro Civil y el DNI sin someterse a intervenciones médicas. Hasta ahora, debían aportar un diagnóstico de disforia de género y haber pasado dos años de hormonación. Los mayores de 16 años podrán hacerlo sin requisitos; los que tienen entre 14 y 16, con el consentimiento de sus progenitores; y entre 12 y 14, con aval judicial. Los menores de 12 años no podrán. Una vez solicitado, se citará a la persona a una comparecencia para que manifieste su voluntad y en el plazo máximo de tres meses deberá volver a reiterar la petición. La reversibilidad será posible una vez transcurridos seis meses. Una tercera vez ya solo será posible por vía judicial. Además, la ley no permite que el cambio pueda llevarse a cabo con el objetivo de eludir una condena por violencia de género.

¿Cómo es el proceso con los menores? Los menores que tienen entre 12 y 14 años requieren autorización judicial. El expediente deberá acompañarse de documentos o testimonios que acrediten que su transexualidad “estable”. El juez le citará a comparecencia, a sus representantes y a quienes estime oportuno, y podrá pedir las pruebas que crea necesarias. Los menores que hayan cambiado su nombre, pero no su sexo legal, tendrán derecho a que todas las administraciones, empresas y personas físicas expidan sus documentos según su nueva identidad.

Las parejas de mujeres ya no deberán casarse para ser reconocidas como madres.

Hasta la entrada en vigor de la nueva ley, para que el hijo o hija de una pareja de lesbianas o bisexuales con pareja mujer conste como hijo de ambas en el Registro Civil se exige que estén casadas. Si no lo hacen —cosa que no ocurre con las parejas heterosexuales— la única opción de la madre no biológica es adoptar a la criatura. El nuevo texto acaba con esta discriminación.

Prohibidas las terapias de conversión. El texto considera una infracción “muy grave”, con multas previstas de entre 10.000 y 150.000 euros, la promoción o realización de las llamadas terapias de reconversión que persiguen cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona. Esta prohibición ya está recogida en muchas leyes autonómicas. La norma prohíbe conceder fondos públicos a personas o entidades que inciten la LGTBIfobia.

Prohibición de las cirugías a niños intersexuales. Se prohíben las cirugías a menores de 12 años intersexuales, aquellos que nacen con características sexuales que no encajan con la morfolología binaria macho-hembra y que en ocasiones se realizan para hacerles encajar en un sexo u otro. La ley también recoge la posibilidad de que los progenitores soliciten “de común acuerdo” que la mención relativa a su sexo “figure en blanco” durante un año.

Servicios de atención a la salud. La nueva ley incluye que las administraciones deberán garantizar que todas las estrategias y planes incluyen a las personas LGTBI e impulsar la formación de los sanitarios en diversidad. Además, obliga a que haya protocolos específicos para la atención de las personas trans e intersexuales que no patologicen ni discriminen. Sanidad también debe garantizar el abastecimiento de los medicamentos empleados en los tratamientos hormonales y supervisar su suministro. No recoge el texto que los tratamientos hormonales deban formar parte de la cartera básica de servicios, ya incluidos en las comunidades que tienen legislación propia.

Diversidad en las aulas y planes de igualdad.

El nuevo texto recoge que se incorporarán los contenidos en diversidad en los colegios, las universidades y también en las formaciones de docentes, sanitarios y juristas. Los menores trans deberán ser tratados “conforme a su identidad” en la escuela y se deberán impulsar protocolos de acompañamiento al alumnado trans y contra el acoso. La ley también obliga a que las empresas de más de 50 trabajadoras cuenten con “un conjunto planificado de medidas” para garantizar la igualdad de las personas LGTBI.

Apoyo a las víctimas.

La ley estipula que se deberá garantizar “una atención integral” a las víctimas de LGTBIfobia con información sobre derechos y recursos, asistencia psicológica y orientación jurídica. Se han eliminado del texto las referencias a la violencia intragénero, la que ocurre en el ámbito de las parejas del mismo sexo. Finalmente, las víctimas de violencia doméstica podrán solicitar “la reordenación de su tiempo de trabajo, la movilidad geográfica o el cambio de centro de trabajo”, sujetas a las posibilidades organizativas de la empresa.

¿Qué medidas incluye para evitar que las mujeres sean perjudicadas? El Gobierno incluyó dos disposiciones para evitar que “la rectificación de la mención registral altere el régimen jurídico” que con anterioridad al cambio fuera aplicable a la persona en violencia de género. O sea, que ningún hombre acusado podrá declararse mujer con el fin de eludir la ley. El interesado no podrá “ser beneficiario de las medidas de acción positiva” a favor de las mujeres contempladas en la ley de igualdad. En cuanto a las cárceles y al peligro de que hombres que han transicionado a mujeres agredan a las internas, la ley no modifica el funcionamiento de los centros penitenciarios que desde hace años se rigen por una instrucción que permite a las personas trans ingresar en el módulo correspondiente a su identidad de género.

¿En qué legislación se basa la ley?

La Organización Mundial de la Salud dejó de considerar la transexualidad como una enfermedad en el 2018 y la ONU ha defendido que los países implanten métodos “rápidos, transparentes y accesibles” para reconocer legalmente el género autodeterminado de cada persona. A su vez, la Comisión Europea, en su estrategia LGTBI, ha apostado por implementar legislaciones de reconocimiento de género “basado en el principio de autodeterminación, sin restricciones de edad”. Siguiendo estas directrices, hasta ahora 15 países han aprobado legislaciones parecidas a la ley trans, no sin controversia, mientras que en España 15 comunidades ya reconocían la autodeterminación de género para emitir documentos como la tarjeta sanitaria, sin haber encontrado por el camino una gran oposición.

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