Rosario Porto, la madre de la pequeña Asunta cuyo cuerpo fue hallado en una pista forestal del municipio coruñés de Teo el pasado 22 de septiembre, seguirá en la cárcel de Teixeiro por la muerte de su hija, de 12 años. La Audiencia de A Coruña desestimó ayer el recurso presentado por su abogado contra el auto de prisión provisional dictado por el magistrado del caso, José Antonio Vázquez Taín, y la misma suerte podría correr en los próximos días el presentado por el padre de la niña, Alfonso Basterra, imputado junto a su exmujer. La sala mantiene, además, el secreto de sumario y respalda al completo las medidas adoptadas por el juez instructor.

La Sección Sexta de la Audiencia, con sede en Santiago, ratifica que hay indicios suficientes contra Rosario Porto e incluso considera "más lógico" que se le impute por asesinato y no por homicidio, por lo que se enfrentaría al menos a 15 años de cárcel. Frente a las tesis esgrimidas por su abogado defensor, José Luis Gutiérrez Aranguren, el tribunal considera que existe riesgo de fuga y de alteración, ocultación y destrucción de pruebas relevantes, tanto en la actual vía de investigación, como en otras futuras -dado que aún existen muchos flecos-, en las que la Fiscalía no descarta incluir a terceras personas, según el auto notificado ayer.

La sala tilda de "defectuoso" el primer auto de prisión provisional dictado por Vázquez Taín el 27 de septiembre, cuando tras tomar declaración a Rosario Porto la envió a prisión sin notificar motivación alguna, pero sostiene que ello no anula el auto y que fue subsanado porque el 3 de octubre se notificó mediante providencia en su integridad a las defensas. También descarta indefensión "porque la defensa de la imputada estaba presente en la comparecencia de prisión en la que el Ministerio fiscal había expuesto los argumentos", independientemente de que Rosario Porto cambiara de abogado días después.

El auto, que no ha sido notificado en su totalidad a la defensa pues mantiene varios apartados en secreto, resalta que la conjetura del instructor de que la niña fallecida hubo de estar en presencia de la madre, tanto cuando ingirió el lorazepán que se halló en su cuerpo, como previsiblemente a la hora en que falleció, estaría sustentada en las informaciones de los padres acerca de la hora en que se produjo la comida y en la versión dada por Rosario Porto acerca de su recorrido y actos en la tarde en que Asunta desapareció, pero también en el contenido de los informes obrantes en la causa sobre la absorción de dicha sustancia y de la existencia y naturaleza del contenido gástrico.

La Audiencia considera que Rosario Porto debe seguir en prisión provisional para "evitar la ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de pruebas relevantes". En este sentido, el tribunal apunta que dado que la investigación está pendiente de numerosos resultados, pruebas y declaraciones, no puede descartarse la existencia de vías de investigación "aún no exploradas", o de incidir "en las ya abiertas", que pudieran verse "obstaculizadas por la acción de la recurrente". Apunta la resolución que el rechazo de Porto a participar en algunas diligencias, como la reconstrucción parcial de sus movimientos la tarde en que murió la niña, aunque entra "en su derecho de defensa, y por sí solo no es relevante", sí lo es "en relación con los otros medios de prueba aún pendientes en que puede ser necesaria su participación".