El magistrado de la Audiencia Nacional no sólo autoriza el régimen de "autogobierno como paso previo al tercer grado" a Sito Miñanco para "valorar su grado de responsabilidad y autonomía y su preparación para la vida en libertad", sino que insta a la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Valladolid que imponga al narcotraficante gallego "una actividad tratamental que repercuta necesariamente en la reparación del daño causado a las víctimas de este tipo de delito". Una regla de conducta que no se especifica y que los responsables de Villanubla deberán desarrollar.

El juez José Luis Castro, que estimó la petición de Prado Bugallo de poder salir a diario para trabajar "fuera de Galicia", considera necesario "evitar el daño que la presencia del interno pueda producir a las víctimas o a sus familiares que actualmente vivan en la zona de la que es oriundo", y estima coherente la petición del propio Miñanco de reintegrarse en la sociedad fueran de su tierra. Esto, según el magistrado "evitará de forma habitual el encuentro del penado con aquellas familias que han sufrido las consecuencias de la actividad delictiva del interno". Castro reconoce así "la famosa generación perdida que en la zona de Vilanova y Vilagarcía de Arousa produjo la muerte de muchos jóvenes como consecuencia del consumo de la droga". El auto no es firme y hay cinco días para recurrirlo.