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El Superior condena al Concello a indemnizar al dueño de una finca expropiada hace 24 años

El Ayuntamiento ocupó los terrenos en 1986 para el colegio Fernández Latorre y ahora deberá pagar, además del dinero de la expropiación, un 25% más por los daños y perjuicios causados al propietario

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Vista general del colegio Juan Fernández Latorre. / eduardo vicente
Vista general del colegio Juan Fernández Latorre. / eduardo vicente 

RUBÉN GARCÍA A CORUÑA El Ayuntamiento fue incapaz de negociar por la vía administrativa la expropiación de una pequeña parcela, de 74 metros cuadrados, para el colegio de Infantil y Primaria Juan Fernández Latorre, ocupada en 1986. Han pasado 24 años y la sala de lo Contencioso-administrativo número 3 del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia da la razón a los dueños de la finca, la Fundación Juana de Vega. El Gobierno municipal no sólo deberá pagar la ocupación de este terreno, sino que también tendrá que abonar el 25% del justiprecio en concepto de "indemnización de daños y perjuicios por la ilícita privación de la posesión" y los intereses de demora.

En junio de 2009, los magistrados sólo dieron en parte la razón a la Fundación Juana de Vega, pues desestimó el segundo punto de su reclamación: que el Concello abonase a mayores una indemnización por la forma de proceder en un proyecto que se prolongó durante 24 años. La entidad recurrió el fallo y ahora la sala de lo Contencioso-administrativo número 3 condenó al Gobierno municipal a pagar también el 25% del justiprecio por los "daños y perjuicios" causados a dicha fundación.

La nueva sentencia tumba los argumentos del Ayuntamiento, aunque sin especificar a cuánto asciende la cuantía final de la multa, que dependerá del precio que se establezca en el expediente de expropiación. El tribunal se basa en sentencias anteriores dictadas en estos mismos términos, y en las que aclara que, primero, "deberá fijarse el valor de dichos terrenos" y, después, "reconocerse el derecho a percibir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por tal proceder".

El Ayuntamiento rechazó por silencio administrativo la petición del recurrente de percibir una indemnización. "La pretensión indemnizatoria resulta procedente aunque no se hubiese ejercitado o anunciado en vía administrativa", añade el fallo. El Ejecutivo coruñés ocupó en julio de 1986 una porción de la parcela propiedad de la Fundación Juana de Vega para el colegio Fernández Latorre. Fueron sólo 74 metros cuadrados, pero la institución tuvo que llegar a los tribunales ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo por la vía administrativa. En la última sesión de la Junta de Gobierno Local, celebrada el 7 de mayo, se tomó la decisión de hacer caso a las recomendaciones de los servicios jurídicos municipales, es decir, acatar la nueva sentencia y poner fin al proceso.

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