Dos juzgados coruñeses han desestimado los recursos de las hijas de los militares sublevados en 1936 Juan Canalejo y Jesús Teijeiro contra el acuerdo municipal, adoptado en el anterior mandato, de retirarles a sus padres, en aplicación de la ley de memoria histórica, todos los honores y distinciones concedidos por el Ayuntamiento. La Corporación municipal tomará conocimiento en su sesión del lunes de estas sentencias, que refrendan la decisión adoptada por el pleno con los votos a favor de PSOE y BNG, ahora en la oposición, y la abstención del PP, ahora en la Alcaldía.

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 ha desestimado el recurso interpuesto por María del Carmen Canalejo Lorenzo, hija de Juan Canalejo, en contra de la retirada de honores a su padre. La demandante recurrió la desestimación por silencio del recurso de reposición que había presentado contra la resolución del pleno. La sentencia argumenta que la aplicación de la ley de memoria histórica no está sujeta a marcos temporales, como interpretaba la demandante, quien recordó que su padre fue encarcelado en 1936 y fusilado en prisión. El fallo judicial explica que la norma establece "una serie de medidas (...) sustentadas en el principio de evitar toda exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la dictadura".

La juez cita el artículo 15 de la ley, que fija que "las administraciones públicas tomarán las medidas oportunas para la retirada de insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura". La sentencia, del 16 de enero, estima que los motivos de la concesión de los honores son los mismos por los que ahora éstos se le retiran.

Una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 desestima también el recurso de la hija del teniente coronel Teijeiro, María del Rosario Teijeiro Revilla, contra la resolución del Concello de desestimar su recurso de reposición. La hija del militar recurrió el acuerdo del pleno del Concello de retirar el nombre de la vía teniente coronel Teijeiro.

El fallo, del 5 de enero, rechaza el argumento de la demandante, que refiere que su padre estuvo retirado conforme a la ley Azaña para desvincularlo de la sublevación militar, y apunta que participó en la insurrección. La sentencia recoge que el teniente coronel se sumó "libre y voluntariamente" y "con una participación activa a la sublevación militar" el 3 de agosto de 1936, cuando volvió a la vida militar "al mando de una de las dos columnas que se dirigían hacia Asturias". El juez considera que "no parece que pueda concebirse mayor participación activa que el mando de una de las columnas rebeldes". La sentencia responde a la demandante que el procedimiento específico para la aplicación de la ley de memoria histórica no establece como "perceptivo" el trámite de audiencia.

En cuanto a la vulneración del derecho al honor denunciada por María del Rosario Teijeiro, el fallo se remite a otros pronunciamientos judiciales previos, que dictan que "la retirada de la denominación de una calle no supone por sí misma una inaceptable perturbación del honor".

Millán Astray

El grupo municipal del BNG interpreta las dos sentencias que desestiman los recursos contra la retirada de distinciones a Juan Canalejo y Jesús Teijeiro como una confirmación por parte de la Justicia de que “la retirada de honores y distinciones franquistas es legal”. Los nacionalistas afirman que los fallos se incluirán en el orden del día del pleno ordinario de marzo, que se celebrará el próximo lunes. El grupo municipal nacionalista sostiene que estas dos sentencias y otras dos precedentes dictadas en los mismos términos, una del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y otra del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña, “confirman que había argumentos legales para recurrir” la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de A Coruña por la que se le devolvió la consideración de hijo predilecto a Millán Astray. El BNG afirma que la decisión del actual Gobierno local de no recurrir el fallo responde a “cuestiones estrictamente políticas”.