Los propietarios de viviendas situadas en edificios que carecen de ascensor recibirán una buena noticia con la entrada en vigor del próximo presupuesto de la Xunta, ya que su Lei de Acompañamento incluye una modificación de la Lei de Vivenda de Galicia que volverá a hacer posible la expropiación por los ayuntamientos de suelo en los bajos de los inmuebles para instalar elevadores. El Concello coruñés se vio obligado a paralizar estas iniciativas el pasado mes de diciembre al recibir la notificación de que la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, que entró en vigor en junio de 2013, impide a los ayuntamientos expropiar parte de edificios para hacer posible la colocación de un ascensor, lo que supuso la interrupción de las operaciones de este tipo que se habían iniciado.

Tanto el Ayuntamiento coruñés como los del resto de Galicia a través de la Federación Galega de Municipios e Provincias exigieron a la Xunta que modificase la Lei de Vivenda para retomar las expropiaciones, ya que esta vía desatascaba muchos conflictos entre vecinos por el intento de instalar un edificio ante la negativa del propietario del bajo a vender el suelo necesario.

El cambio legislativo que figura en la Lei de Acompañamento señala que los ayuntamientos podrán efectuar una "expropiación forzosa por razón de interés social" que en un edificio se realicen obras para el cumplimiento de las normas de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, así como para la instalación de ascensores, siempre que se hayan hecho requerimientos al propietario del suelo.

Hasta 2013, el Ayuntamiento se apoyaba, además de en la Lei de Vivenda de Galicia, en la Ley de Economía Sostenible y en su propia Ordenanza de Conservación y Rehabilitación de Inmuebles, que califica de utilidad pública la expropiación forzosa de terrenos y de partes de edificación para la instalación de ascensores, aunque previamente debe demostrarse que no existe otra opción técnica para colocar la maquinaria.

Subvenciones

La paralización de las expropiaciones tuvo efectos negativos también sobre las subvenciones que concede el Ayuntamiento para dotar de ascensor a los edificios. Cuando estas operaciones estaban autorizadas, al tiempo que se solicitaba su realización, también se presentaba la petición de la ayuda, que no se concedía hasta que el Concello procedía a adquirir el suelo. Pero, tras el cambio de la legislación estatal, el Gobierno local condicionó la subvención a que se demuestre que se demandó al propietario para conseguir el suelo, lo que supone más gastos y no garantiza la ayuda.