Un adolescente ha sido condenado por dar una paliza, en agosto de 2013, cuando tenía 19 años, a un joven por mediar cuando él y sus amigos denigraban a unas chicas que caminaban por el paseo marítimo de madrugada. Contra los otros miembros del grupo se sigue un procedimiento aparte porque entonces eran menores de edad. El magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña sentenció al imputado, que carece de antecedentes, a dos años de cárcel por cometer un delito de lesiones con instrumento peligroso.

El procesado no ingresará en prisión porque el juez aceptó suspenderle la pena por un plazo de cuatro años a condición de que no vuelva a delinquir. Además, deberá indemnizar a la joven con 420 euros por las lesiones y con 600 por las secuelas y, al chico que la ayudó, con 120 euros. El titular de Penal 1 de A Coruña considera probado en la sentencia que el sospechoso formaba parte del grupo que comenzó a proferir contra unas chicas que caminaban por el paseo marítimo expresiones como "guarras" o "putas".

Las víctimas les recriminaron su comportamiento, ante lo que el acusado cogió un palo metálico de unas escoba de unos 70 centímetros de largo que estaba en el interior de un contenedor y se acercó a una de ellas. Después, comenzó "a blandirlo de izquierda a derecha", por lo que la afectada se vio obligada a agarrarlo por un extremo para evitar ser golpeada. Para impedir que se lo arrebatase, lo agarró fuertemente ayudado por otra persona que no ha podido ser identificada, lo que le causó a la adolescente heridas en la palma de su mano derecha. Un amigo de la víctima, que caminaba un poco más retrasado, acudió en su auxilio en cuanto observó la situación. El condenado y sus amigos reaccionaron golpeándolo en diversas partes del cuerpo. El perjudicado, al igual que su amiga, necesitaron asistencia médica.

El representante del Ministerio público acusaba al sospechoso en su escrito de calificación de cometer un delito de lesiones con instrumento peligroso por el que solicitaba que fuese sentenciado a tres años y medio de cárcel. Además, lo consideraba autor de una falta de injurias y de otra de lesiones, por las que demandaba al juez que le impusiese una multa. Finalmente, la Fiscalía llegó a un acuerdo con el abogado del procesado antes del juicio, por lo que la vista oral no se celebró y el juez dictó sentencia oral en la sala. Contra el fallo no cabe recurso.