El Gobierno municipal deberá anular el concurso público con el que pretendía adjudicar a una nueva empresa el servicio de vigilancia de los centros cívicos de Os Rosales, Monelos, A Silva, Monte Alto, así como los servicios centrales del área de Xustiza Social e Coidados. ¿El motivo? El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha emitido una sentencia en la que le obliga a incluir en las cláusulas del concurso la subrogación de los empleos que mantiene la actual concesionaria, Limpergal, tal y como se establece en el convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad.

Los empleados de Limpergal habían interpuesto un recurso contra este procedimiento, que estaba dividido en tres lotes y buscaba adjudicar el contrato de vigilancia por valor de 1,09 millones de euros, y reclamaban que se les aplicase el convenio colectivo autonómico del sector de eventos, servicios y producciones culturales de Galicia. El tribunal entiende que este convenio no es aplicable en el caso de esta empresa, que limita sus servicios a la vigilancia -aunque los ofrezca en los centros cívicos-. Sí lo sería el convenio estatal de vigilancia, que sí establece la "obligación para las nuevas empresas adjudicatarias de subrogarse en los contratos de los trabajadores adscritos" a la anterior concesionaria.

Así, la sentencia exige que las condiciones laborales que actualmente tienen los empleados de Limpergal se incluyan en el pliego de condiciones del nuevo contrato, con el objetivo de que la nuevas empresas que se presenten los mantengan.