La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 sobre el recurso presentado por la concesionaria de la planta de basuras de Nostián al Concello de A Coruña, al que reclamaba 32,5 millones de euros, rechaza que haya una mala separación de los residuos por parte los coruñeses que cause el desequilibrio económico de la empresa. Albada, a la que el juez solo admite compensar con 4,6 millones, usó ese argumento para justificar los mayores gastos generados en su actividad y los problemas para tratar los residuos orgánicos, pero el fallo judicial responde que no ha habido una "actuación excéntrica o extraña" de los coruñeses con relación a otros lugares de España.

El juez recuerda a Albada que para participar en el concurso en el que consiguió la adjudicación de la gestión de la planta tuvo que efectuar estudios previos y de caracterización de los residuos en A Coruña con una previsión sobre la separación de los mismos que fuera "real y no ideal". Para sustentar su postura, el fallo se remite a las declaraciones de los peritos durante el proceso, en las que se asegura que todas las plantas de tratamiento de residuos que emplean el mismo sistema que la de Nostián "dan un resultado del 55% de rechazo", el mismo que el de la instalación coruñesa, por lo que considera que ese nivel no es consecuencia de "una falta de colaboración ciudadana, sino del rendimiento normal de una planta de estas características".

Al ser preguntado sobre si ese alto volumen de rechazos se debe a una actuación incorrecta por parte de los ciudadanos, Antonio Baena, director de la consultoría ambiental G-advisory, respondió: "Para alcanzar el rendimiento previsto o tienes más gente que está separando correctamente o no lo alcanzarías", en referencia al personal de la planta, a lo que añadió que los problemas surgidos con los biodigestores aumentó la generación de rechazos antes de 2010.

El juez destaca que de acuerdo con el estudio que debió presentar al participar en el concurso para gestionar la planta, Albada tenía que haber diseñado las líneas de tratamiento, valorización, recuperación y gestión de los rechazos, así como aplicar la tecnología adecuada, pero que la empresa "fracasa en ese diseño". También menciona la sentencia que la llegada de residuos a Nostián comenzó en el año 1999, pese a que en ese momento solo estaba en funcionamiento la línea de tratamiento de inorgánicos, sin que se hubiera puesto en marcha en la ciudad la recogida selectiva de la basura.

La clasificación de los residuos en los hogares por parte de los ciudadanos no fue promovida por el Ayuntamiento hasta el año 2000, cuando todavía no funcionaba toda la línea de pretratamiento mecánico ni la planta de obtención de metano mediante la basura orgánica. El fallo señala que esos residuos se seleccionaban por tamaño a través de una máquina de cribado, lo que generaba "una mayor cantidad de rechazos de la inicialmente contemplada".

También se advierte de que durante los primeros años de funcionamiento de la planta "no estaba totalmente instaurada la recogida selectiva", lo que contribuyó "a la desviación de la generación real del rechazo respecto de las previsiones efectuadas".

Albada expuso que pocos coruñeses separaban la basura, lo que llevó a que el volumen de residuos orgánicos fuese inferior al previsto. La sentencia refleja que las pruebas periciales proporcionadas por la empresa "ninguna razón dan de una información errónea o engañosa" del Concello, por lo que deduce que Albada realizó su oferta por la concesión "con una previsión de rechazos demasiado optimista".