El Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) de A Coruña que el Gobierno local llevará a pleno la próxima semana por segunda vez para su aprobación provisional recupera uno de los pilares fundamentales del plan urbano del ex alcalde Francisco Vázquez en 1998: la transferencia del aprovechamiento. El Gobierno local ha incluido en el PGOM, literal e íntegramente, una disposición transitoria que ya figuraba en el plan de 1998: el Ayuntamiento, con cargo al 10% de la edificabilidad que le corresponde en las urbanizaciones, compensará a los promotores que tenían aprovechamientos urbanísticos reconocidos por el PGOM de 1985 y que aún estaban pendientes de materializar.

El Ejecutivo municipal recupera así una disposición que no figuraba en la primera aprobación provisional del plan, el pasado mes de agosto, ni en el acordado en diciembre de 2009 por el anterior Gobierno. Esta disposición introducida en el PGOM reconoce derechos de hace 27 años a propietarios que en su día no cumplieron con sus deberes urbanísticos. Y se les reconoce una edificabilidad a costa de que el Concello renuncie a la suya.

El promotor de un polígono que en el plan general de 1985 tuviera determinado aprovechamiento y todo, o una parte de él no pudiera materializarse en solares edificables resultado de la reparcelación de los terrenos, tiene derecho, con el nuevo plan general, a que se le transfiera aquel aprovechamiento. Además esta disposición transitoria le reconoce que podrá materializar esa edificabilidad pendiente "en polígonos de suelo urbano no consolidado" (no en urbanizable, por ejemplo).

El plan general de 1985 atribuía unas edificabilidades tan elevadas (más que ahora) que muchos promotores no pudieron materializarlos en sus parcelas edificables pero no la han perdido pues 27 años después se les reconoce la patrimonialización del aprovechamiento.

Esta disposición transitoria de la normativa señala también que será el Ayuntamiento coruñés el que asignará a estos promotores "el polígono o polígonos en los que han de materializar" su aprovechamiento pendiente "siguiendo en la medida de lo posible criterios de proximidad a la parcela origen a la que la transferencia se refiera".

Eso sí, para aprovecharse de esta posibilidad los promotores tendrán que realizar una inscripción previa de sus edificabilidades pendientes de materialización "en el Registro de Transferencias de Aprovechamiento creado a tal efecto en el Ayuntamiento".

Las cesiones de terrenos que dieron origen al reconocimiento de la edificabilidad se formalizarán con la aprobación del proyecto de reparcelación o compensación del polígono en el que se hagan efectivos los derechos. El Gobierno municipal, al amparo del PGOM de 1998, ya reconoció esta transferencia de aprovechamiento a un promotor en una reciente junta de gobierno.