El Tribunal Supremo anuló los autos emitidos por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en los que declaró inejecutable la sentencia de 2001 que obliga a demoler el edificio Conde de Fenosa. El alto tribunal ordena el derribo del inmueble situado en la calle Fernando Macías porque la licencia que le otorgó el Ayuntamiento a Fadesa Inmobiliaria en noviembre de 1997 para ejecutar la reforma integral del edificio es ilegal. Los magistrados acusan al Concello, que alegó que la sentencia de derribo no se puede acatar, de actuar de un modo que "dista mucho de los dictados de la buena fe", al tiempo que señalan al TSXG como inductor de los recursos presentados por el Ayuntamiento que fueron estimados por el alto tribunal gallego el año pasado.

"Las actuaciones administrativas ilegales no pueden contar con el respaldo de los jueces y tribunales, sometidos exclusivamente al imperio de la ley y no a criterios de oportunidad o de conveniencia coyuntural", advierten los jueces del Supremo a sus colegas del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, quienes estimaron el argumento del Concello de que la sentencia de derribo era desproporcionada. "La demolición de lo construido al amparo de una licencia declarada ilegal es una consecuencia natural de dicha licencia como medida precisa y adecuada para la restauración del orden jurídico infringido y de la realidad física alterada", recalca el alto tribunal en el fallo, en el que insiste en que "toda anulación de licencia comporta el derribo de la edificación a la que sirve de cobertura".

El Supremo advierte al Ayuntamiento de que debe acatar la sentencia emitida en 2001 por el TSXG y confirmada hasta en tres ocasiones por el alto tribunal en los años 2006, 2009 y 2012. En 2013 el Superior de Galicia anuló su propio criterio y dio la razón a la Administración local, que alegó que la orden judicial es desproporcionada. El Supremo subraya que contra esta última sentencia, en la que repite los mismos argumentos que en las tres anteriores, no cabe recurso.

De hecho, los magistrados aseveran que la situación del edificio no cambió, por lo que manifiestan que los argumentos que pueda esgrimir el Concello para tratar de dilatar la ejecución de las obras en el Conde de Fenosa ya los pudo haber alegado en sus innumerables recursos. "La ejecución de una sentencia firme no puede quedar supeditada indefinidamente a la promoción sucesiva de incidentes de imposibilidad legal o material de ejecución de una sentencia por causas existentes al momento de haberse promovido el primero", subrayan los magistrados del alto órgano jurisdiccional.

El edificio, que cuenta con unas cien viviendas y numerosos locales y despachos, debe ser demolido por orden judicial porque las obras realizadas por Fadesa son ilegales, ya que no se ajustan al Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) de 1985, que es el que estaba vigente en 1997, cuando el Gobierno municipal dirigido por Francisco Vázquez le concedió permiso para transformar el bloque.

El planeamiento de 1985 prohibía otorgar licencias en los edificios fuera de ordenación que supusiesen agravar esa situación urbanística, por lo que solo se admitían obras mínimas de conservación y mantenimiento. El Concello, sin embargo, dio el visto bueno a las obras de reforma integral y cambio de uso de oficinas a viviendas. El inmueble fue levantado en 1961 y durante treinta años fue sede de las oficinas centrales de Unión Fenosa. La compañía se deshizo de las instalaciones a mediados de los 90, cuando Fadesa le pagó casi 14 millones de euros.

La sala de lo Contencioso-administrativo de la sección quinta del Tribunal Supremo indica que es "consciente de los conflictos que plantean las actuaciones administrativas declaradas ilegales" cuando los hechos se han "consumado", pero destaca que su cometido es "juzgar y hacer ejecutar lo juzgado". Los magistrados del alto órgano jurisdiccional sostienen que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia actuó "indebidamente" cuando en un auto "deslizó" la sugerencia de que se podían "explorar otras alternativas ajustadas a derecho" que no fuesen la demolición del Conde de Fenosa.

Los magistrados sostienen que no existe "imposibilidad material de ejecutar la sentencia" y que no hay "desproporción" al acometer los derribos ordenados en ella. El Ayuntamiento encargó un informe sobre el edificio a unos peritos, quienes sostuvieron en la declaración que prestaron en octubre de 2012 ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que es posible que el inmueble se derrumbe si se ejecutan las obras necesarias para devolverlo a su estado original y, de esta forma, acatar la sentencia que ordena la supresión del exceso de edificabilidad cometido en su construcción.

La versión de los expertos contratados por el Concello, que abonó a cada uno de ellos alrededor de 20.000 euros, contradice las opiniones de los también arquitectos Alberto Unsain y Miguel Silva -autores de informes sobre el caso solicitados por el demandante que reclama el derribo-, quienes defienden que es posible devolver el bloque a su estado original. El arquitecto Carlos Trabazo Molíns -exdirectivo de Fadesa- testificó que el edificio podría caerse si se realizan las modificación porque está "al final de su vida útil".