Un fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) supondrá una modificación del planeamiento urbanístico municipal al estimar parcialmente un recurso de la firma Drical de inversiones SL, controlada por el empresario Juan Carlos Rodríguez Cebrián, por el que se habrá de cambiar la calificación de los terrenos donde se levantaba el convento de las Adoratrices, que pasarán de la categoría de suelo urbano no consolidado a suelo urbano consolidado.

La resolución judicial tiene como consecuencia la exclusión de esa parcela, de 3.163 metros cuadrados, del parque del Agra, un polígono promovido en la década pasada por el Gobierno local de Francisco Vázquez y cuya redacción del proyecto encargó el Ejecutivo del PSOE y el BNG del que no se ha construido nada, y que mantendrá la calificación de suelo urbano no consolidado.

El fallo, contra el que cabe presentar recurso ordinario de casación por parte de los demandados, la Consellería de Medio Ambiente y el Concello, fue recibido ayer por el Gobierno municipal como "de especial trascendencia urbanística y gravedad". El concejal de Rexeneración Urbana, Xiao Varela, mostró su descontento porque "son más las resoluciones estimatorias contra el planeamiento urbanístico en vigor que las desestimatorias".

El edil se refiere a las recientes sentencias en contra del plan general aprobado de forma definitiva durante el mandato del PP, en febrero de 2013, en las que el Superior dictó cambios en el planeamiento en los polígonos industriales de As Rañas y Vío, en los residenciales de Oza y Feáns y en una nueva carretera entre la avenida de Nueva York y la calle Rego López, en la zona de A Zapateira.

El fallo del TSXG que estima la demanda de Drical se apoya en que la superficie del antiguo convento de las Adoratrices estaba calificada como suelo urbano consolidado en el plan general de 1998 y cambió a suelo urbano no consolidado en una modificación de 2008 a raíz de un convenio de 2006 entre el Concello y los promotores del parque del Agra. Este acuerdo no se llegó a desarrollar y no hubo ni urbanizaciones ni parcelaciones en la zona, pero la calificación del suelo como urbano no consolidado se mantuvo en la aprobación inicial del plan general en 2009 y en la definitiva de 2013. Entonces Dricar recurrió el documento final y ahora la Justicia estima parcialmente su demanda.

La promotora proyecta construir dos bloques de doce y siete plantas a pesar del cambio de uso del suelo donde estaba el convento pactado en 2006. "Lo acordado queda vacío de contenido como consecuencia de una sentencia y de la deficiente gestión de los gobiernos anteriores", critica Xiao Varela, que considera a Drical como el "gran beneficiado de la gestión".

El Ayuntamiento informó ayer de que el TSXG emitió otras dos sentencias que obligan a cambiar el suelo a la calificación de urbano consolidado en sendas parcelas de la avenida Finisterre y la avenida de Nueva York.