El Ayuntamiento permitirá a los conductores sancionados en la ORA anular las denuncias si abonan un recargo antes de sesenta minutos. El cambio de la ordenanza que regulará esta novedad distingue entre los infractores que excedan el tiempo y aquellos que no hayan pagado previamente un tique o que carezcan de autorización para estacionar en esta zona. Los primeros deberán pagar un recargo del doble de la tarifa máxima de la ORA general en los sesenta minutos siguientes a la finalización de su tiempo autorizado. Para los segundos, el recargo será de cinco veces el importe máximo y el tiempo comenzará a contar en el momento de la imposición de la denuncia.

La tarifa máxima de la ORA en zona general, en la actualidad, es de 1,30 euros, por lo que el recargo sería de 2,60 euros si se excede el tiempo y de 6,5 euros si la denuncia se emite por carecer de tique o autorización. Ese recargo, según el Ayuntamiento, es el que se aplicará siempre, con independencia de que la denuncia se haya impuesto en la ORA general, en la de corta duración o en la exprés. La multa por aparcar de forma indebida en la ORA es de sesenta euros.

La revisión de la ordenanza que permitirá anular las denuncias y, por tanto, su envío a la Policía Local para la imposición de multa entrará en vigor, como muy pronto, en agosto. El primer paso lo dará hoy la Junta de Gobierno Local, que aprobará la nueva normativa de la ORA, que sustituye a la implantada en 1998. A principios de julio, el Gobierno local la someterá a votación del pleno municipal para su aprobación provisional. Si consigue sacarla adelante, deberá abrir un plazo de un mes de alegaciones, que, de presentarse, tendrá que resolver el pleno para ratificar la ordenanza de forma definitiva.

El Gobierno local se comprometió a introducir este cambio en la ordenanza después de que Setex Aparki SA hubiera asumido el contrato de la ORA en noviembre. Con la entrada de la nueva concesionaria, la Policía Local ha comenzado a tramitar las denuncias que realizan los controladores de la empresa, que hasta entonces no convertía en sanción económica.

Nuevos criterios de residentes

El Gobierno local aprovecha la modificación de la ordenanza para introducir cambios en los requisitos de la tarjeta de residente y para regular opciones ya en práctica, pero sin soporte normativo, como el parking exprés (máximo 20 minutos), las áreas de estacionamiento de corta duración (máximo una hora) o el pago por el teléfono móvil.

Con la nueva ordenanza, el Ayuntamiento no limitará la tarjeta de residentes a los titulares de un automóvil, como sucede ahora, sino que la extenderá a quienes tengan un vehículo en régimen de alquiler financiero (leasing o renting) o de una empresa con la que les vincule un contrato laboral. En los tres casos, los solicitantes deberán estar empadronados en una calle dentro de la zona ORA.