El Juzgado de Primera Instancia número 4 de A Coruña acaba de dictar una sentencia en la que se aplica el carácter retroactivo de la devolución de cláusulas suelo cobradas por un banco al cliente de una hipoteca en Galicia y vecino de Oleiros, según informa la compañía online de reclamaciones Reclamador.es. La firma señala que la resolución se realiza "bajo el estricto respeto a la jurisprudencia que acaba de aplicar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del pasado 21 de diciembre".

El demandante firmó una hipoteca en el año 2009 por un importe de 175.000 euros con una cláusula suelo del 3,5% nominal anual. Ahora la sentencia obliga a la entidad bancaria, en este caso el Banco Popular, a devolver al afectado las cantidades que por aplicación de dicha cláusula se hayan liquidado desde el inicio del contrato, más los intereses legales.

Reclamador.es estima que hay más de 200.000 afectados en Galicia por cláusulas suelo y recuerda que la devolución del dinero no es automática, por lo que los afectados deberán reclamar por vía judicial.