El Juzgado de lo Penal Número 4 de A Coruña ha condenado a seis meses de prisión a una mujer por un delito de atentado a funcionario sanitario, al agredir a una enfermera de un centro de salud en A Coruña.

La sentencia, remitida por el Sindicato de Enfermería Satse, y recogida por la agencia Europa Press, señala que los hechos sucedieron el día 13 de julio de 2015, cuando la ahora condenada tenía cita para una limpieza de oídos a las 15.10 horas. La mujer, según consta en el fallo, se presentó en el lugar diez minutos más tarde.

La enfermera le indicó, entonces, que no la podía atender por razones de horario, puesto que las limpiezas se reanudaban a partir de las 17.00 horas. Ante la negativa de la profesional a atenderla, la acusada irrumpió en la consulta, a pesar de que se encontraba dentro otra paciente.

Se dirigió, entonces, a la demandante de manera agresiva y le exigió en varias ocasiones que la atendiese, incluso le llegó a decir que, de allí no se movía sin ser atendida, según esclarece la sentencia. Cuando la enfermera se dispuso a salir de la consulta con la paciente, la acusada se dirigió hacia ella agarrándola por ambas muñecas y empujándola hacia un archivador. Al escuchar las voces que procedían de la consulta, accedió a l estancia el doctor de la sala contigua, de modo que la condenada abandonó el lugar a su requerimiento para después presentar una reclamación en el centro de salud. La demandante explicó que no iba a denunciar, pero que había sido precisamente esa reclamación la que la motivó finalmente a hacerlo.

La acusada -y ahora condenada- declaró ante el juez que no había agarrado ni empujado a la enfermera, pero admitió que le había tocado el brazo con la mano abierta, de modo que la demandante había empezado a gritar que no la tocara y aseguró que la había llamado "sinvergüenza". En el fallo del juez prevalece el testimonio de la denunciante. A causa del suceso, la enfermera no sufrió lesiones físicas, pero sí un cuadro de ansiedad reactivo que la mantuvo en una consulta psicológica durante siete días.

La secretaria general del sindicato Satse, Carmen García Rivas, explicó ayer que esta condena no habría sido posible "hace unos años", porque la denunciada "tan solo habría sido condenada por un delito o falta de lesiones, según la gravedad de las mismas". Y recordó que esto es posible gracias a un cambio del artículo 550 del Código Penal, en el que se reconoce a la funcionaria como autoridad sanitaria en el ejercicio de sus funciones.

García Rivas recordó que es la primera sentencia en Galicia o, cuando menos en su "colectivo", que reconoce a una profesional como "autoridad sanitaria en el ejercicio de su labor cotidiana cuando está trabajando", según explicó ayer.