Un juzgado ha estimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Ayuntamiento por Clece, concesionaria de la atención a domicilio, por el cual acuerda la nulidad de la votación de una moción en el pleno de abril de 2017, promovida por el BNG y aprobada por unanimidad, contra la gestión del servicio. La sentencia impone al Concello 700 euros de costas.

El juzgado de A Coruña señala entre sus argumentos para estimar el recurso de la empresa que no se motivó la urgencia de la moción debatida en el pleno municipal para incluirla en el orden del día ni su votación. Es norma, en cambio, en cada pleno que el alcalde someta a votación la urgencia de todas las mociones, punto que se suele aprobar por la Corporación. La iniciativa del BNG recogía quejas de los sindicatos que denunciaban las condiciones laborales de los trabajadores. Clece advertía entonces que podría emprender acciones legales contra los ediles en función de la votación de la moción.