Una mujer ha sido condenada a cinco meses de prisión por permitir que su nieto de diez años le diese una paliza a un perro durante media hora, dejando al animal en un "estado lamentable", con una "hernia inguinal", un hematoma a la altura del ojo izquierdo y una "depresión mental", según consta en la sentencia. La sección primera de la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación de la mujer contra este fallo, dictado por el Juzgado de lo Penal número 1.

El fallo considera probado que el 10 de mayo de 2015, pocos minutos después de la medianoche, la mujer se encontraba en su domicilio y observó cómo su nieto, menor de edad e inimputable, propinaba una brutal paliza durante media hora a un pero de raza yorkshire que se encontraba en la vivienda. La abuela no impidió los golpes e incluso, indica la sentencia, le facilitó al nieto una bolsa de plástico donde este metió al perro. La acusada cerró la bolsa y el menor continuó golpeando la bolsa con patadas.

La mujer formuló un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Penal, que la había condenado por un delito de maltrato contra animales domésticos. La defensa de la acusada, expone el fallo, alegó en primer lugar que existe un error en la valoración de las pruebas. La Audiencia Provincial desestimó este recurso porque entiende que las fotografías del animal en un "estado lamentable", los informes veterinarios y las declaraciones testificales demuestran que es culpable. Además, los jueces indican que la acusada no compareció al juicio, por lo que no explicó al tribunal ninguna versión alternativa. Que la abuela no haya ofrecido una explicación de los hechos de manera voluntaria ratifica el contenido incriminatorio de las pruebas, según la Audiencia.

En su recurso, también argumentó que la acusada actuó sin ser consciente de lo que estaba permitiendo al no detener a su nieto mientras este propinaba golpes al perro. Según la sentencia, la brutalidad y la ilegalidad del hecho enjuiciado son "claras para cualquier persona".

La Audiencia Provincial ratifica la sentencia del Juzgado de lo Penal, que condenó a la mujer a cinco meses de prisión, aunque no conllevará su ingreso en la cárcel por carecer de antecedentes penales, y a la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión o comercio que tenga relación con los animales durante dos años. La mujer deberá también abonar las costas causadas y no podrá ejercer el derecho de sufragio pasivo durante cinco meses, el tiempo que dura la condena. Contra esta resolución, según el fallo, no cabe recurso ordinario.