El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado en su totalidad una apelación de la constructora Acciona Infraestructuras SA contra el Concello, en la que la empresa le exigía 4.703.705 euros en concepto de indemnización y compensación por lucro cesante debido a la anulación del contrato para urbanizar el parque ofimático, y, subsidiariamente, por la demora de las obras.

La sentencia culmina un proceso judicial de varios años. El Concello adjudicó en 2011 a Acciona la urbanización del parque, así como la construcción del aparcamiento asociado, por cerca de 42 millones de euros. El proyecto tenía que rematarse en 18 meses, si bien se concedieron sucesivas prórrogas hasta 2015. Ese año, en virtud de otra sentencia del TSXG, el contrato fue anulado por licitar ambos proyectos al mismo tiempo, en contra de la legalidad.

La empresa recurrió a los tribunales, pidiendo 5,2 millones de euros. El juzgado de los Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña desestimó la mayor parte de sus peticiones. En una sentencia del 28 de marzo de 2018 solo admitió que Acciona debía cobrar 123.217 euros por intereses de demora "derivados del pago extemporáneo de las certificaciones de obra", y también la devolución de las garantías exigidas.

Acciona apeló esta resolución, pidiendo una indemnización por lucro cesante de 852.330 euros, y otra por varios conceptos relacionados con los "daños y perjuicios derivados de la anulación del contrato". Estos se reparten, según la demanda, en 1.050 euros por costes directos, 1.874.992 por gastos indirectos, y 1.976.291 por gastos generales, para un total de 3.851.374 euros. Sumado a la compensación por lucro cesante, la constructora habría percibido 4.703.705 euros de las arcas municipales, si se hubiesen aceptado sus peticiones.

En el caso de que no se aceptase su petición por daños y perjuicios de la anulación del contrato, Acciona reclamaba una compensación "por el retraso producido en la ejecución de las obras desde el 21 de noviembre de 2011 hasta el 20 de julio de 2016". Con esta opción la cuantía se reduce a 3.826.525 euros (4.678.856 incluyendo el lucro cesante). En lo relativo a las prórrogas, la demandante argumenta que "no se hicieron las obras en plazo porque el Ayuntamiento no tenía la totalidad del suelo a urbanizar".

Si no se aceptase tampoco esta petición, Acciona reclamaba una indemnización por el retraso en la ejecución desde el 20 de febrero de 2014, la fecha en la que Acciona solicitó una nueva prórroga, hasta el 20 de julio de 2016. En este caso el cálculo desciende a los 1.847.584 euros, que, incorporando el lucro cesante, sumarían 2.699.915 euros a pagar por el Ayuntamiento. El Concello pidió que el recurso se desestimase en su totalidad.

La sentencia, emitida el pasado 29 de octubre por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG, considera que no procede pagar compensaciones por lucro cesante, pues este solo podría pagarse si estuviese motivado por la anulación, mientras que Acciona pretendía "la indemnización por los daños que considera que se le han ocasionado durante la ejecución porque se prolongó durante más allá del plazo de ejecución que se fijaba en el pliego".

Sobre la indemnización por daño emergente, esto es, las pérdidas que Acciona reclamaba por el no cumplimiento de las obligaciones del Ayuntamiento, el tribunal estima que "solo se podrán indemnizar los daños efectivos, reales y directamente imputables a la extinción anticipada del contrato por su anulación por sentencia", pero que "las partidas que se reclaman nada tiene que ver con ello". Acciona, según el tribunal, "ya fue retribuida en su momento por el valor de la obra ejecutada".