Cuatro sentencias recientes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) han confirmado sendos fallos anteriores de juzgados de A Coruña emitidos entre 2017 y 2019 que declaraban ilegalizables obras realizadas en edificios de la ciudad y ordenaban la demolición de esos trabajos o la reposición de los inmuebles afectados a su estado anterior. Cada sentencia contra estas irregularidades urbanísticas admite recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Las empresas o particulares responsables de las obras ejecutadas presentaron recursos contra los fallos judiciales, que en todos los casos avalaban resoluciones del Ayuntamiento de 2017, 2018 y 2019 que declaraban irregulares las distintas obras realizadas con imposibilidad de ser legalizadas, por lo que se ordenaba la demolición de los respectivos trabajos. La sección segunda de lo Contencioso-administrativo del TSXG tumbó los cuatro recursos.

Uno de los inmuebles es el esqueleto urbanístico del número 9 de la calle Estrecha de San Andrés. El área municipal de Urbanismo había apreciado irregularidades relacionadas con el número de plantas, la altura de la planta baja y la estructura de la cubierta, aspectos que chocaban contra las disposiciones indicadas por el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Pepri) del casco histórico. La empresa había recurrido en los tribunales la resolución municipal que consideraba que los trabajos realizados para la construcción del edificio, del que solo se levantó el esqueleto, eran ilegalizables, por lo que ordenó su derribo.

La misma resolución dictó un juzgado coruñés respecto a unas obras ejecutadas en ocho viviendas de las entreplantas de un edificio en la confluencia de las calles Adelaida Muro y Cantábrico, en el barrio de Monte Alto, cuyo uso residencial actual es distinto al que reflejaba el proyecto inicial de construcción del inmueble. El fallo del Superior concluye que los trabajos que se pretenden legalizar no se ajustan a la normativa vigente, motivo por el que los magistrados han desestimado el recurso interpuesto por la promotora inmobiliaria, que había alegado haber presentado ocho proyectos de legalización.

El TSXG llega al mismo dictamen en otra sentencia que rechaza los argumentos de una empresa responsable de obras en cuatro viviendas de un edificio de la calle San Ignacio, en Monte Alto, a quien reprocha que en seis años que pasaron desde la finalización de las obras hasta el fallo del juzgado en 2017 “no restauró la legalidad urbanística”. El Alto tribunal gallego tampoco estima el recurso de un particular contra una sentencia que respaldaba la resolución municipal de denegar una licencia de legalización y ordenar la demolición de unas obras en otro inmueble irregular de la ciudad.