El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha avalado la legalidad de una ordenanza municipal cuestionada por la compañía de telecomunicaciones Orange Espagne a través de un recurso judicial. La compañía cuestiona dos artículos de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales por las empresas explotadoras de servicios de suministros que afecten a la generalidad o a una parte importante de los vecinos, entre ellos el de telefonía fija pero también luz o gas. La norma municipal fue aprobada por el Pleno a finales de 2012.

Un juzgado de A Coruña dictó un auto en noviembre de 2020 en el que acordó elevar al Tribunal Superior la cuestión de ilegalidad al estimar el recurso contencioso-administrativo de Orange contra una resolución del Tribunal Económico Administrativo Municipal (TEAM) de A Coruña de 2019 que rechazaba la reclamación económica de la empresa respecto a dos liquidaciones de la tasa regulada por la ordenanza, la de un trimestre de 2014 y otro de 2016. El fallo judicial desestimó algunas alegaciones de Orange, como la de que se le exigiese asumir la tasa pese a no ser titular de las redes de servicios, pero estimó otra, la relacionada con la cuantificación del tributo según los ingresos brutos de la empresa procedentes de la facturación anual, con una cuota del 1,5%.

El TSXG se centra en este aspecto para desestimar la cuestión de ilegalidad. Los magistrados concluyen por un lado que el régimen de cuantificación de la tasa fiscal se aplica a las empresas tanto si son titulares de las redes de suministros como si no lo son pero tienen derechos de uso o acceso; y añaden que al no oponerse el tributo al Derecho europeo —cuestión también alegada por Orange en el recurso— no es contrario por tanto a la normativa nacional, que impone a las empresas propietarias de redes e infraestructuras necesarias para las telecomunicaciones con servicios de telefonía fija y de acceso a internet la tasa con un importe determinado en función de sus ingresos brutos al año. Orange, que ha planteado recursos similares en otros ayuntamientos españoles, podría apelar en casación ante el Tribunal Supremo. Según fuentes municipales, la administración local no cobró la tasa a la compañía desde 2017, a la espera de que el pleito se resolviese, cantidad que ahora le reclamará.

1,5 millones con la nueva tasa

El impuesto, en el que se incluye el cobro a las telefónicas y otras empresas de suministros, permite recaudar al Concello más de dos millones de euros al año. Según señalan fuentes municipales, la cuantía de Orange no es capital al tratarse de telefonía fija y destaca, por el contrario, la recaudación del próximo año gracias a la nueva tasa que gravará la telefonía móvil, pactada con Marea. Prevé ingresar 1,5 millones. Según la ordenanza fiscal aprobada, la tasa básica por metro cuadrado es de 33,27 euros.