Más del 80% de las operaciones de drones y aeronaves no tripuladas realizadas en España en 2021 fueron solicitadas a través de una plataforma especial de Enaire, el gestor nacional de la navegación aérea. Este órgano coordinó cerca de 5.500 operaciones en espacio aéreo controlado, un 370% más que un año antes. El notable aumento de la actividad de los drones responde a que la aplicación de nuevas leyes ha servido para regular mejor su uso profesional y lúdico en los últimos años, de manera que con el permiso de un organismo competente es posible pilotarlos en cualquier espacio aéreo. Sin autorización, en A Coruña y su comarca un dron solo podría ser manejado sobre el dique principal del puerto exterior, una esquina de la costa de Dexo en Oleiros y un pequeño tramo costero entre las playas de San Pedro y Lourido en Sada, de acuerdo con el mapa del espacio aéreo de los drones creado por Enaire.

Parte del mapa de Enaire con las zonas de A Coruña donde debe pedirse permiso para usar drones. | // LOC

Algo más lejos de la ciudad, también se pueden hacer volar drones sin permiso sobre el núcleo urbano de Betanzos y en los concellos de Coirós, Paderne, Irixoa y Vilarmaior, así como en Perbes en un margen de la costa de Miño. En gran parte de este municipio está prohibido, además de en la totalidad de Cambre, Culleredo, Bergondo y Carral, casi todo Oleiros y Sada y otra gran área de los territorios de Arteixo y Abegondo.

El mapa de drones de Enaire muestra una L invertida con sus extremos en A Coruña y Santiago por donde no se permite la utilización de drones u otros vehículos aéreos no tripulados sin autorización. El mapa de drones de Enaire muestra algo parecido a una L invertida con sus extremos en A Coruña y Santiago por donde no se permite la utilización de drones u otros vehículos aéreos no tripulados. La cercanía entre los aeropuertos de ambas ciudades limita ese gran espacio aéreo que atraviesa la provincia desde la costa hasta el interior, ya que la seguridad aérea y de las personas es el factor que prima en la regulación de estos aparatos.

Con la terminal de Alvedro como centro, sobre A Coruña coinciden dos círculos delimitadores: el más externo, que se adentra en el mar y alcanza punta Langosteira y parte de la costa de Oleiros, cubre un espacio que se encuentra a menos de ocho kilómetros de una estación meteorológica que realiza radiosondeos; la circunferencia interior abarca el área de seguridad del helipuerto del Hospital Universitario. En ambas zonas no está autorizado el vuelo de drones excepto que haya una coordinación con el aeropuerto en virtud del permiso solicitado. Cubriendo A Coruña y gran parte de su área metropolitana otras dos figuras cuadrangulares engloban el resto del espacio aéreo que tampoco pueden volar drones.

“Hoy la burocracia y la regulación han aumentado para poder usar un dron, pero es preferible para garantizar la seguridad. En 2014 estaba casi todo prohibido”, cuenta Carlos de la Rocha, responsable de proyectos y cofundador de Aeromedia, empresa de Oleiros que ofrece servicios de pilotaje remoto, fabricación y asesoramiento aeronáutico para los sectores industrial, audiovisual, forestal y de emergencias. “La convergencia de leyes nacionales y europeas hace que con un permiso previo se puedan usar drones en cualquier parte”, añade.

A través de un acuerdo marco, entre las empresas operadoras de drones y los proveedores de servicios aeronáuticos se debe elaborar un plan de seguridad basado en protocolos previos y requisitos que se ha de enviar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), junto con detalles sobre el tipo de dron empleado, la zona en la que volará y el momento del día. Una vez que AESA autorice su uso, el operador deberá coordinarse con Enaire para organizar la utilización de los aparatos sin que interfiera en otras actividades en el espacio aéreo, como los vuelos comerciales.

La normativa aplicable en Europa a todas las aeronaves no tripuladas civiles, independientemente de su masa y de su uso (profesional o recreativo), distingue tres categorías operacionales de drones: abierta, específica y certificada. Solo la primera se caracteriza por el bajo riesgo, por lo que no exige ni una autorización ni una declaración de forma previa a la operación.