La Junta de Gobierno Local desestimará hoy las alegaciones presentadas por la propietaria del piso del número 30 de la calle de la Barrera contra la anulación de su compra por el Concello mediante la revisión de oficio de esa iniciativa, realizada durante el pasado mandato municipal mediante un concurso público.

La existencia de tan solo un hueco al exterior cuando la vivienda cuenta con dos dormitorios es considerada por los técnicos municipales como motivo para anular la compra, ya que una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia sobre este mismo concurso señala que la disponibilidad de una sola ventana “debe considerarse como incumplimiento de requisito esencial y por tanto, determinante de la nulidad de pleno derecho”.

La dueña alegó que solo se exigía que la vivienda fuera exterior y que no se especificaban los huecos, así como que dos habitaciones se ventilaban e iluminaban con el hueco existente.