La Audiencia rechaza rebajar la condena de quince años a un padre que violó a su hijo
El tribunal estima que su recurso no se ajusta a lo establecido por la ‘ley del solo sí es sí’
Redacción
La Audiencia Provincial de A Coruña deniega la rebaja de la pena a un padre condenado a 15 años de cárcel por violar a su hijo que la había solicitado en aplicación de la ley del solo sí es sí. El tribunal considera que la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual no es más beneficiosa para el reo, al tiempo que subraya que “la opción que plantea el recurrente no es válida, en cuanto parte de una distinta configuración de los hechos probados acorde a las pretensiones deducidas en su recurso”.
El procesado fue condenado por un delito continuado de agresión sexual a la pena de 15 años de prisión con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, así como a la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento con respecto a sus tres hijos.
La víctima, que residía en A Coruña, sufrió tocamientos por parte de su padre entre los doce y los catorce años, hasta que cuando tenía diecisiete, le violó.
La Audiencia Provincial de A Coruña ha emitido hasta el momento 54 autos sobre solicitudes de revisiones de penas tras la entrada en vigor de la ley, en los que en 17 decidió la revisión de las condenas que habían sido impuestas.
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