El Superior sentencia que 2.000 panaderos de la provincia de A Coruña cobren un 19% más

El tribunal reconoce que los trabajadores tienen derecho al incremento de sus salarios desde 2019 según el IPC y con carácter retroactivo | Su convenio lleva prorrogado seis años

Trabajadores de panaderías coruñesas, durante una manifestación en julio de 2023.

Trabajadores de panaderías coruñesas, durante una manifestación en julio de 2023. / Víctor Echave

Manolo Rodríguez

Manolo Rodríguez

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de los empleados de las panaderías de la provincia de A Coruña a que sus salarios se incrementen según el IPC desde 2019 y con carácter retroactivo. Esta decisión supone que las más de 2.000 personas que trabajan en este sector cobren un 19,2% más a partir de ahora. Su convenio está prorrogado desde 2018.

La sentencia se produce tras la presentación de una demanda de conflicto colectivo del Sindicato de Trabajadores de la Limpieza (STL) contra la Asociación provincial de empresarios fabricantes de pan de A Coruña y los sindicatos CCOO, UGT y CIG. El juicio se celebró el pasado 24 de marzo y la sentencia se acaba de conocer ahora.

El alto tribunal estima en su fallo que la negociación del convenio colectivo “se había abandonado [durante] más de tres años” y que se había llevado a cabo “un parón significativo en las negociaciones que abarca desde el 21 de noviembre de 2019 hasta el 24 de febrero de 2023”.

Denuncia

Ante esta situación, el STL estimó que se había producido una “disolución, desaparición de hecho o de derecho, o causa similar que impida el inicio de la negociación”, como señala el artículo 3.1 del convenio colectivo de panaderías de la provincia de A Coruña y que, por eso, podía denunciar el acuerdo y que se aplicase con carácter retroactivo el incremento del IPC desde enero de 2019 a todos los trabajadores del sector. Por su parte, la Asociación provincial de empresarios fabricantes de pan de A Coruña se opuso a la denuncia ya que consideraba que el citado artículo no amparaba las pretensiones del sindicato demandante ya que no se estaba en el caso de “disolución, desaparición de hecho o de derecho, o causa similar que impida el inicio de la negociación”. Además, apuntó la asociación en el juicio, la demora en la negociación obedeció, en parte, a las normas antipandemia, y, en todo caso, aseguró, nunca la obstaculizó.

El 10 de mayo del año pasado, el SLT presentó un intento de conciliación ante el SMAC. La reunión se produjo el 2 de junio y, según relata la sentencia del TSXG, “el acto de conciliación [finalizó] sin avenencia con respecto a la asociación empresarial y sin efecto con respecto a los sindicatos”.

Tras el juicio del pasado mes de marzo, el alto tribunal gallego ha fallado que “se dicte sentencia en la que se reconozca el derecho de los trabajadores afectados por el convenio colectivo provincial del sector de panaderías de A Coruña al incremento del IPC interanual de cada año, referido en el art. 3.1 del convenio colectivo y con efectos desde el 01-01-2019 y hasta la actualidad”. Contra la resolución se podrá interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Según el cálculo de variaciones del Índice de Precios de Consumo que recoge en su web el Instituto Nacional de Estadística, el alza del IPC entre enero de 2019 y febrero de este año ha sido del 19,2% en la provincia de A Coruña.

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