La coruñesa Fergo pide 46 millones a la Xunta tras anularse el permiso que le otorgó para un parque eólico
El TSXG admite a trámite el recurso presentado por la compañía | El Gobierno gallego espera que “no se reconozca ningún daño”
![Aerogeneradores de uno de los parques eólicos de Galicia. | // MARTA G. BREA](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/f31b4bdb-e51a-473c-9f9e-777bfad1ddc2_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg)
Aerogeneradores de uno de los parques eólicos de Galicia. | // MARTA G. BREA / j. g.
La reclamación presentada por la empresa eólica Fergo Galicia Vento tras la anulación judicial del permiso que la Xunta le concedió para construir el parque de la Serra do Oribio —entre los municipios lucenses de Triacastela y Samos— da su primer paso en la misma vía por la que en su día se echó por tierra el proyecto. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) admitió ayer a trámite el recurso presentado por la empresa, que ahora exige 46 millones al Gobierno gallego.
En concreto, la firma coruñesa asentada en el Parque Empresarial Alvedro demanda una indemnización de 10,13 millones en concepto de “daño emergente o pérdida patrimonial”; y de 35,65 millones como “lucro cesante”, es decir, por la ganancia que dejó de obtener. La sociedad entiende que la nulidad de la autorización que le otorgó el Ejecutivo autonómico para ejecutar esta instalación —firme, después de que el Tribunal Supremo ratificase la sentencia emitida por la sección tercera de la Sala del Contencioso-Administrativo del TSXG— le ocasionó una serie de “perjuicios”.
Desde la Consellería de Economía e Industria indicaron ayer en declaraciones a este periódico que “la xunta tiene el máximo respeto con las decisiones judiciales como es, en este caso, la simple admisión a trámite de un recurso judicial interpuesto por la empresa promotora del parque eólico Oribio”. En este sentido, el Gobierno gallego espera que esta cuestión se resuelva “claramente a favor de la administración”, ya que este parque fue autorizado inicialmente en el 2007 “y si no se construyó entonces fue por una decisión de la empresa que ahora reclama”. “Confiamos en que el TSXG dé la razón a la Xunta de Galicia y, desde luego, no reconozca ningún daño emergente, y mucho menos, lucro cesante, ya que la actuación de la administración se ajustó perfectamente a derecho. En cualquiera caso, la Xunta seguirá trabajando por y para los administrados y toda la ciudadanía gallega, autorizando únicamente aquellos proyectos que sean ambientalmente viables”, resaltan desde el Ejecutivo autonómico.
Uno de los argumentos que los magistrados de la sección tercera de lo Contencioso-Administrativo esgrimen en autos en los que están ordenando paralizar, de forma cautelar, algunas de las autorizaciones otorgadas por la Xunta para construir parques eólicos en la comunidad es el hecho de que consideran que su paralización temporal es “un mal menor”, precisa el TSXG.
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