El Tribunal Superior de Xustiza anula el permiso de la mina de Penouta, la única de coltán de Europa

Los magistrados argumentan la insuficiencia del estudio ambiental, sin medir el impacto en la Red Natural 2000 y la afectación a viviendas y agua destinada al consumo humano

Vista cenital de la mina de Penouta, en Viana do Bolo (Ourense).

Vista cenital de la mina de Penouta, en Viana do Bolo (Ourense). / LOC

Julio Pérez

Después de ocho meses de suspensión cautelar tras la denuncia de Ecoloxistas en Acción por el supuesto impacto provocado en el entorno, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anula definitivamente el permiso de explotación de la mina de Penouta, la única de coltán en toda Europa. La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo considera insuficiente el estudio de afectación porque, asegura, el análisis "omite su impacto en la Red Natura 2000". Reprocha a la promotora, Strategic Minerals, que no lo hiciera, ni que la administración le exigiera "una oportuna y adecuada evaluación sobre el espacio Pena Trevinca, limitándose a indicar que el proyecto no afecta a ningún espacio protegido".

Los magistrados, los mismos que llevan los recursos y la cascada de paralizaciones de los proyectos eólicos, sostienen que el enclave minero se encuentra "a cero metros" tanto de la Xona Especial de Conservación (ZEC) y de la Zona Especial de Protección para las Aves (ZEPA) Pena Trevinca, "constatándose que las masas de aguas superficiales superan la normativa permitida para arsénico, mercurio, cadmio y plomo". La sentencia considera probados "el impacto del polvo resultante de las voladuras y los movimientos, así como grietas en viviendas y la afectación a las augas destinadas al consumo humano", lo que motivó -recuerda- denuncias de la empresa municipal de Aguas de Viana do Bolo y actuaciones de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, Guardia Civil y Comisaría de Aguas.

"Las emisiones y vertidos están llegando a la Red Natura 200, tanto por vertidos a lechos fluviables como por emisiones atmosféricas", resalta el auto, que señala como pruebas las fotografías aportadas por la organización ecologista que acreditan "la realidad del polvo que llega a la vegetación y población colindante de la mina". "Aunque digan los demandados que realizaron mediciones que emiten un valor por debajo del límite establecido, estas no fueron sistemáticas, ocultando más de lo que revelan", añade el TSXG, que habla de "efecto en la población" ubicada "a 1,5 kilómetros de la explotación".

El alto tribunal gallego alerta de "una afección a la salud" de los vecinos que se suministran de agua del arroyo de Treita das Cortiñas y de los pozos y manantiales en la población de Penouta. "Elementos extremadamente tóxicos que causan efectos crónicos por su bioacumulación en el organismo", destaca. Esgrime "el principio de precaución" y considera que no debe permitir la actividad "hasta que no se realicen los estudios que evalúen os niveles de tales metales" en los riachuelos afectados.