Un interno de A Lama en Pontevedra inició una batalla legal con el objeto de, a su juicio, salvaguardar su derecho a alimentarse de manera sana y saludable ante la negativa de la administración penitenciaria a adquirir fuera de la cárcel productos que él consideraba más saludables que los que se ofrecían en los economatos.

La Justicia no le dio la razón, primero en sus quejas ante los juzgados de Vigilancia Penitenciaria y tampoco la Audiencia Nacional en una reciente resolución del pasado mes de julio. Según el fallo, este interno solicitaba que se le permitiese la adquisición en el exterior de "productos ecológicos y saludables que no contienen azúcar". Según él, los del economato eran de "muy mala calidad y todos tienen azúcar". El demandante reclamaba tener acceso a través del "demandero" de la prisión a chocolate negro, cacao soluble, chocolate con frutos secos "todos ellos sin azúcar y aceite de oliva virgen extra".

El fallo explica que el "demandero" está para adquirir productos que no se venden en prisión como ropa interior, calzado, prendas de vestir, artículos de higiene etc. En los informes se indicó que los economatos venden productos de marca de los que demandaba el interno cuyas apreciaciones, a juicio del fallo, son "subjetivas".