Baltar no acude al Supremo a declarar por los 215 km/h y el acto se pospone una semana

La jueza aplaza la comparecencia al día 19 por enfermedad del abogado

J. Fraiz

Desde que la Guardia Civil de Tráfico lo sorprendió en abril al volante del coche oficial de la Diputación de Ourense, circulando por la provincia de Zamora a 215 kilómetros por hora, han transcurrido casi ocho meses y la causa contra Manuel Baltar por un presunto delito contra la seguridad vial no ha avanzado, por diferentes razones. Cuando el PP de Ourense perdió la mayoría absoluta en las municipales de mayo, la organización activó el proceso de relevo, primero en la diputación, después en el partido. A cambio, el hombre que perpetuó el baltarismo —22 años el padre, 11 el hijo— tiene el cargo de senador, por designación autonómica. Este martes estaba citado en el Tribunal Supremo para comparecer ante la magistrada que instruye la causa y prestar una declaración voluntaria, después de que el juzgado de lo Penal Número 1 de Zamora se inhibiera en septiembre, cuando Baltar asumió el cargo en la Cámara Alta y se convirtió en aforado. El expresidente de la Diputación de Ourense no se presentó en el Supremo. Por escrito, había solicitado un aplazamiento de la diligencia, alegando motivos de salud de su abogado. La magistrada aceptó la justificación y ha señalado nueva fecha: 19 de diciembre, 10 horas.

El domingo 23 de abril, agentes de la Guardia Civil de Tráfico dieron el alto al coche oficial a la altura del municipio de Asturianos, en Zamora, e identificaron a Baltar, después de que un radar detectara el vehículo a 215 kilómetros por hora, en un tramo de la autovía das Rías Baixas, A-52, limitado a 120.

El artículo 379.1 del Código Penal establece que es un delito vial circular a más de 80 por hora por encima del límite permitido y puede ser castigado con pena de prisión de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos a beneficio de la comunidad.

Una vez trasladada la causa al Supremo, la magistrada Ana María Ferrer es la instructora. La diligencia de declaración voluntaria está prevista como paso previo, junto a las diligencias de instrucción que considere oportunas, antes de solicitar el suplicatorio a la Cámara Alta, en el caso de que aprecie indicios suficientes para proseguir contra Baltar por un delito vial. En ese escenario, el juicio también se celebraría en el Supremo.

La Sala de lo Penal del alto tribunal español abrió una causa contra el expresidente de la Diputación de Ourense el pasado noviembre, una vez que fue nombrado senador por designación del Parlamento de Galicia, a finales de julio, con la mayoría absoluta de su partido. En un principio, cuando su situación política no hacía prever aún que llegase a ser aforado, el trámite abocaba a Baltar a un juicio rápido, en Puebla de Sanabria. La primera vista no pudo celebrarse porque su abogado no pudo acudir. La segunda vez no aceptó las penas propuestas por la Fiscalía, que hubieran conllevado entonces cargar con una condena firme por delito.

El ministerio público ofrecía 1.800 euros de multa y un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor. La defensa de Baltar cuestiona —al menos en aquella fase del procedimiento— que cometiese delito porque, entre otras razones, llegó a abonar una sanción tras ser notificado por los agentes en la autovía. Al no haber conformidad, la causa se elevó al juzgado de lo Penal de Zamora. Ahora, decidirá el Supremo.

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