Ley de Segunda Oportunidad

Se libra de una deuda de 599.000 euros motivada por la crisis de 2008

Era el Administrador de una empresa que había creado dedicada a la consultoría en materia de medioambiente, ordenación del territorio y tecnologías de la información

Cuando el negocio dejó de funcionar bien y no obtenía los mismos ingresos que antes, empezó a pedir préstamos

Tenía como principal cliente a la Administración Pública

Juzgados de Santiago de Compostela

Juzgados de Santiago de Compostela / LOC

David Suárez

El Juzgado de Primera Instancia nº4 de Santiago de Compostela ha dictado el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de un hombre con una deuda de 599.000 euros a la que no podía hacer frente.

En una nota enviada a los medios por los abogados del afectado de Repara tu Deuda, su caso es el siguiente: “Su situación se inició durante la crisis del año 2008 cuando era el Administrador de la empresa que había creado dedicada a la consultoría en materia de medioambiente, ordenación del territorio, tecnologías de la información, etc. Tenía como principal cliente a la Administración Pública y cuando la empresa dejó de funcionar bien y no obtenía los mismos ingresos que antes, empezó a pedir préstamos. Al hacerlo, todas las entidades solicitaban que se aportara algún aval, lo que hizo que figurara como avalista de cada uno de los préstamos solicitados con los que finalmente, no logró acabar con la dinámica negativa”.

España fue uno de los países que más tardó en incorporar a su sistema jurídico la Ley de Segunda Oportunidad, al hacerlo en el año 2015. Estamos ante una legislación cuyo origen se sitúa en Estados Unidos hace más de 100 años. Aunque a ella se han acogido figuras conocidas como Walt Disney o Steve Jobs, la mayoría de quienes lo han hecho son personas anónimas y desconocidas que han sufrido un revés económico y no pueden hacer frente a sus pagos.

Esta legislación permite que tanto particulares como autónomos queden exonerados de susdeudas si cumplen una serie de requisitos. En líneas generales, basta con encontrarse en un estado actual o inminente de insolvencia, no haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años y haber actuado de buena fe.