La Xunta gana el desafío al Estado al respaldar el Constitucional que gestione los usos del litoral

La Lolga impulsará una red hotelera y permitirá recuperar edificios en ruinas

Costa de Cangas.

Costa de Cangas. / Marta G. Brea

X. A. Taboada

Al final, la Xunta ha salido vencedora en el duelo que mantenía con el Estado por las competencias sobre la costa. El Tribunal Constitucional ha avalado por unanimidad la ley gallega por la que la Administración autonómica se arroga las facultades para gestionar el litoral. Le da la razón a Galicia en todo salvo en dos preceptos menores y echa por tierra los argumentos del Gobierno central de que la Xunta se había extralimitado en sus funciones y que necesitaba previamente reformar su Estatuto de Autonomía, lo que motivó el recurso ante el Constitucional y la suspensión de la aplicación de la ley aprobada por el Parlamento gallego en julio de 2023. Sin embargo, esta sentencia no implica que la comunidad autónoma pueda empezar a gestionar de forma inmediata el litoral, porque para ello es necesario que el Estado acepte la ley, acceda a transferirle las competencias y los medios, tanto personales como económicos, y apruebe un real decreto de conformidad con el traspaso.

Pero al margen del tiempo que necesite el trámite de la transferencia, lo cierto es que la Xunta ha ganado una importante batalla política frente al Gobierno central y ya dispone de un marco legal, refrendado por el tribunal de garantías, para asumir el control sobre todos los usos y la actividad de la costa, con especial importancia en lo relativo a la autorización de concesiones —y sus prórrogas— de las instalaciones y construcciones ubicadas en la zona de dominio público marítimo terrestre (DPMT), que es justo la franja de tierra que toca el mar. La Xunta podrá ser más flexible o más ágil en la gestión y tramitación de permisos y licencias, pero tiene que respetar la legislación estatal en materia de costas. De hecho, la titularidad del DPMT sigue en manos del Estado.

La sentencia, que desestima 70 de las 72 impugnaciones, rechaza que los instrumentos de ordenación del litoral y de los usos que podrán realizarse de acuerdo con la ley gallega sean contrarios a las disposiciones de la legislación estatal de preservación del DPMT.

El Constitucional sostiene también que los preceptos impugnados en abstracto no contravienen la normativa estatal y que la ley gallega salvaguarda el cumplimiento de las exigencias establecidas en la legislación estatal de costas; y que “permanecen incólumes las facultades estatales, como titular del dominio público marítimo-terrestre, si en un caso concreto, la autorización o el concreto plan aprobado incumpliera la legislación en materia de costas”.

Además, el TC descarta que Galicia deba modificar su Estatuto para otorgar autorizaciones de utilización y ocupación del DPMT, como sostenía Moncloa.

Únicamente, se declaran inconstitucionales la posibilidad de que los sistemas de recogida, almacenamiento, tratamiento y vertido de aguas residuales puedan ocupar el DPMT al contravenir la legislación estatal, así como el trato privilegiado de las embarcaciones gallegas frente al resto de embarcaciones.

Hubo un voto concurrente de una magistrada, que si bien avala la sentencia, expone que el Estatuto actual no da cobertura suficiente a las competencias demandadas y que existe el riesgo de que la norma gallega rebaje el nivel de protección de la costa en un contexto de cambio climático.

Tras conocer la sentencia, el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, celebró que Galicia “sale ganando” y que el Gobierno central quede “en evidencia”. “Galicia podrá ejercer su derecho a ordenar su costa, nuestra riqueza”, escribió en su cuenta de la red social X.

Lamentó la falta de diálogo del Gobierno central, igual que hizo la conselleira de Medio Ambiente, Ángeles Vázquez, que motivó que el conflicto acabara en el Constitucional. “El fallo ratifica las plenas competencias de la comunidad para gestionar el litoral sin necesidad de reformar el Estatuto”, enfatiza al conselleira, que pone en valor que la ley gallega nace para integrar la actividad humana en el litoral con un aprovechamiento sostenible de sus recursos.

El BNG, por su parte, explica que se abstuvo en la votación de la ley por tramitarse por la vía de urgencia y por las referencias a la eólica marina, pero que siempre entendió que el Estatuto recogía la capacidad competencial de Galicia para ordenar y gestionar su costa.

Galicia controlará las autorizaciones de concesiones y sus prórrogas en la costa

La Lei do Litoral de Galicia (Lolga), aprobada con los votos del PP y la abstención de BNG y PSOE, busca dar seguridad jurídica a las empresas del sector marítimo-pesquero asentadas en el dominio público marítimo-terrestre. La Xunta quiere una aplicación más laxa de los usos permitidos legalmente y sostuvo desde el primer momento que la gestión del Gobierno central, “con una interpretación restrictiva”, ponía en riesgo casi 4.000 edificaciones y empresas que operan en la costa. A continuación se detallan algunos de los efectos de la aplicación de la ley ahora avalada por el Constitucional.

Concesiones en el DPMT.

La parte más golosa del litoral, la primera línea de mar —el dominio público marítimo terrestre (DPMT)— pasará a ser responsabilidad exclusiva de la Xunta, que tendría de “forma clara y expresa” las atribuciones para autorizar todas las concesiones de ocupación y uso de suelo, así como las prórrogas cuando fuera necesario. Por tanto, dependerían del Ejecutivo gallego la concesión de los títulos destinados a autorizar piscifactorías, papeleras, astilleros, conserveras o cualquier otra actividad asentada junto al mar. Eso sí, cumpliendo los criterios y condiciones que establece la legislación estatal para el funcionamiento de estas instalaciones, entre los que se encuentra la duración de los periodos de concesión.

Recuperar edificios.

Se abre la posibilidad de una segunda vida para 301 edificaciones preexistentes catalogadas que están abandonadas, como naves de salazón, conserveras, molinos, monasterios... El Estado no permite que se destinen a nuevos usos, pero la Lolga sí, para rehabilitarlos como centros de ocio, museos y, sobre todo, hoteles y restaurantes, dando así un impulso al turismo. Además, mediante una simple declaración responsable, sin necesidad de una autorización administrativa, los propietarios podrán reconvertir en establecimientos turísticos cualquier edificio residencial ya existente.

Usos en primera línea de mar.

La ley concreta las actividades que se permitirán en el DPMT. Serán los establecimientos de la cadena mar-industria, las actividades e instalaciones que relacionan los puertos con sus núcleos urbanos, las dotaciones de saneamiento, abastecimiento o depuración, las instalaciones eléctricas o de gas que suministran energía a las actividades del DPMT así como también las destinadas a complementar la eólica marina, además de infraestructuras de servicio público que no tengan otra ubicación.

Zona de servidumbre.

Es la zona que limita con el DPMT y se extiende tierra adentro 100 metros en suelo rústico y 20 en urbano. Se podrán desarrollar actividades de restauración y hostelería, servicios sanitarios, campamentos desmontables, instalaciones temporales para ocios y actividades recreativas y las obras e instalaciones necesarias para el desarrollo de los siete usos estratégicos que la Xunta ha definido para el litoral: cadena mar-industria alimentaria, sostenibilidad del sector pesquero y marisquero, interacción puerto-ciudad, patrimonio cultural, turismo, sendas y dotaciones esenciales de tratamiento de agua. Pero seguirá prohibida la construcción de nuevos edificios residenciales.

Eólica en el mar.

La Xunta también regula una franja de mar de 12 millas de ancho. Sobre la instalación de parques eólicos Galicia no podrá intervenir, pero tendrá que realizar tres informes preceptivos en los que podrá manifestar su opinión aunque sea el Estado el que tenga e las competencias exclusivas.

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