El Constitucional avala casi toda la ley de vivienda al año de su entrada en vigor

El TC se ha pronunciado sobre el primer recurso contra la norma, de Andalucía, a la espera de otros entre los que figura el de la Xunta

Viviendas en el barrio coruñés de Xuxán.

Viviendas en el barrio coruñés de Xuxán. / Casteleiro / Roller Agencia

El Tribunal Constitucional (TC) avala la mayor parte de ley de vivienda tras estudiar el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra una serie de artículos de la norma por el derecho a la vivienda que entró en vigor hace un año y que permite imponer nuevos límites a la subida del precio del alquiler.

Según informó ayer la corte de garantías, la mayoría progresista ha estimado solo una parte del recurso del Ejecutivo andaluz al declarar inconstitucionales y nulos dos apartados de la norma aprobada en mayo de 2023: el artículo 16, que recoge los principios que rigen la vivienda protegida; y parte del artículo 19.3, relativo a la colaboración y suministro de información de los grandes tenedores en zonas de mercado residencial tensionado.

Los magistrados del ala conservadora Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa emitirán un voto particular contra el criterio adoptado por la mayoría progresista.

La resolución, avanzada ayer, es la primera que estudia el asunto y marca el camino para las futuras revisiones que llegarán dado que también han recurrido esa ley la Xunta, el Govern de Baleares, la Comunidad de Madrid, el País Vasco, la Generalitat de Cataluña, el Parlament catalán y los diputados del PP en el Congreso.

En concreto, el recurso de inconstitucionalidad impulsado por la Junta de Andalucía se dirigía contra 16 artículos y se basaba en la invasión de competencias autonómicas y en que “el Estado no puede legislar, ni siquiera de forma supletoria, en materia de vivienda”, y desde esa consideración proponía la impugnación ante el Tribunal Constitucional de “toda la regulación recogida en la Ley Estatal de Vivienda en torno al concepto de vivienda protegida, vivienda asequible incentivada, gran tenedor y parque público”.

En esta línea va el recurso presentado por la Xunta, por entender que la norma estatal es “confusa” y que no “respeta” las atribuciones exclusivas en materia de vivienda que reconocen a la autonomía la Constitución y el Estatuto.

El Ministerio de Vivienda considera que la sentencia “refrenda la competencia del Estado a la hora de garantizar una vivienda asequible y digna” y, a falta de conocer el texto completo de la sentencia, demuestra que la existencia de esta ley es la “reivindicación” de la capacidad y competencia del Estado, dentro del marco constitucional, de actuar para “regular el acceso a la vivienda”.