Opinión

Una sugerencia para un final feliz

Se asiste con honda preocupación al devenir de la huelga convocada por los Letrados de la Administración de Justicia, antes Secretarios (en adelante LAJ) desde el pasado 24 de enero. Esta huelga es secundada mayoritariamente, aun con el “baile” de cifras acostumbrado, en función de quién las facilite.

Las negociaciones para poner fin a la situación no dan fruto alguno, a la vista de las informaciones recibidas sobre el encuentro entre responsables del Ministerio de Justicia y los LAJ. El proceso de diálogo, si es que tal ha existido, sigue enquistado y sin visos de solución.

Por si se nos escapan los perniciosos efectos de la huelga de tales funcionarios, reparemos en algún dato. Por ejemplo, decenas de miles de juicios suspendidos en España, uno más, uno menos; millones de procedimientos cuyo trámite está paralizado; o miles de millones de euros bloqueados en las cuentas; y todo ello sine die.

La causa fundamental de la huelga es, no nos engañemos, de naturaleza retributiva, además de otros aspectos, que seguramente razonables, no disimulan aquel fundamento. Ahora bien, que ello sea así no es nada peyorativo, ni recriminable, al contrario, es más que legítimo que tales profesionales reivindiquen una justa retribución a las funciones que desempeñan. La realidad que subyace, sin equívocos, es que los salarios no son suficientes, y cada vez menos, con una inflación galopante, para afrontar con cierta holgura los gastos acomodados a un determinado nivel de vida, e incluso básicos, sobre todo, en las ciudades. A este respecto, sólo cabe considerar el coste, sea en alquiler o hipoteca, de una vivienda, más o menos céntrica, por ejemplo, en La Coruña, colegios, manutención, vehículos, carga fiscal, suministros, y un largo etcétera. Si se suman todos estos componentes del gasto, y otros más que se pueden imaginar, las retribuciones no proporcionan una situación desahogada a estos funcionarios, que, justamente, quieren ver compensado su sacrificio para entrar en un alto cuerpo de la Administración del Estado, y el desempeño diario de su labor.

Llegados a este punto, me permito sugerir alguna pequeña aportación para desencallar la situación, lo que incluso podría ser extensible a otros colectivos. “Pequeña aportación” con un doble significado, el primero, por modesta, y, el segundo, porque, tal y como expondré seguidamente, supone un ínfimo desembolso y una enorme rentabilidad en términos de suficiencia retributiva y “paz institucional”. Con muy poco coste se engrasan los ejes de la maquinaria de la Administración de Justicia. No es hora de reproches y amenazas con todo lo que está en juego.

La idea básica que esbozamos, a negociar y concretar, sería la siguiente:

  1. Como un complemento retributivo de los LAJ habría de instaurarse una tasa, que podríamos denominar “tasa por gestión de cuenta”.
  2. El devengo de la tasa se produciría, por ejemplo, con la expedición de los mandamientos de pago (los LAJ tienen, entre otras muchas funciones, gestionar la cuenta de cada juzgado o tribunal, librando pagos).
  3. La cuantía de la tasa podría fijarse en atención al importe de los mandamientos, estableciendo así una escala, que incluso podría ser por órdenes jurisdiccionales (v.gr. entre 0 y 5.000 euros, entre 5.001 y 50.000 euros…). A modo indicativo, y para entender la operativa, pudieran establecerse 20 euros en el primer tramo, o bien de modo porcentual, y con un mínimo exento de tasa.
  4. Al expedir cada mandamiento ya se habría de hacer la reducción correspondiente de la tasa, que se remitiría al Ministerio, y que este órgano pagador habría de incluir en la nómina mensual del LAJ.
  5. El sujeto pasivo de la tasa sería el beneficiario del pago.
  6. El importe podría ser recuperado, en su caso, a través de la tasación de costas.
  7. Estarían exentos del pago aquellos que tuvieran reconocido el beneficio de justicia gratuita.
  8. El importe podría ser actualizado anualmente y con efectos de enero, conforme a las variaciones que experimentara el IPC, o índice análogo.

Diseñado grosso modo la operativa, exponemos a continuación las irrefutables ventajas que acarrea desde todos los puntos de vista.

  1. El Estado, a través del Ministerio de Justicia, se releva del abono de retribución variable alguna, y, además, aumentará sus ingresos a través del IRPF.
  2. Los LAJ obtienen un complemento retributivo que a buen seguro mejorará ostensiblemente las percepciones actuales, y además, de cobro periódico mensual.
  3. Este complemento, en la medida que sea, y por el efecto multiplicador y el incentivo que supone, incrementará el número de pagos, con innegable beneficio para los ciudadanos.
  4. La repercusión en el coste del litigio es ínfima, por no decir, irrisoria, e incluso, de ser el caso, podría ser recuperable por el pagador a través de la tasación de costas.
  5. Ello redundará además provechosamente, por razones obvias, en el colectivo de profesionales que operan en el sistema (abogados, procuradores…).
  6. Los ciudadanos que no acuden a la Administración de Justicia no tienen que soportar en su totalidad el coste generado por los que sí lo hacen, y, por ende, es justo que éstos sufraguen, a mayores, una pequeñísima parte de su coste. Tan es así, que esta es la razón que subyace en el concepto tributarista de la tasa.
  7. El receptor de este emolumento es uno de los ejes sobre el que gira el sistema de Administración de Justicia, prestando un servicio con repercusión directa en los ciudadanos y profesionales. Y ello a diferencia de lo que acontece con la tasa creada por el artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, que implantó una tasa por acudir a los tribunales en los órdenes civil y contencioso-administrativo, en beneficio del Estado, sin que los ingresos que genera, por cierto, de mucho mayor importe, reviertan en la Administración de Justicia, con el consiguiente beneficio para justiciables y profesionales de todo orden que operan en el mismo, y principales artífices de que el sistema funcione.

Evidentemente, hemos pergeñado una idea que exigirá, seguramente, como avanzamos, un mayor detalle y casuismo, un camino por recorrer, mas lo importante es el espíritu que recoge y el cambio de rumbo en el sistema retributivo, con beneficios para todos.

Entretanto se afina, de modo bilateral, el mecanismo, es indispensable la tregua.

Y, finalmente, como marchamo de la firma, permítanme una frase: que el mágico sonido de la caracola [que se ha erigido en símbolo gráfico y sonoro de esta movilización] torne la tempestad en calma chicha.

Suscríbete para seguir leyendo