La mascarilla para la práctica de deporte individual al aire libre no será obligatoria a partir de este lunes en Galicia siempre y cuando, teniendo en cuenta la posible concurrencia de personas y dimensiones del lugar, se pueda garantizar el mantenimiento, en todo momento, de la distancia de 1,5 metros con otras personas o deportistas no convivientes. La mascarilla sí será obligatoria en la práctica deportiva en las vías públicas, en las calles, avenidas, paseos, plazas y caminos de tránsito público u otros lugares que sean de circulación habitual de viandantes y por los que se circulen de hecho en ese momento. El conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, lo aclaró días atrás con un ejemplo: "no en una pista forestal" pero sí para lugares como calles por donde la gente camina. También será obligatoria para las actividades que supongan un esfuerzo físico de carácter no deportivo equiparable a este, al aire libre y de forma individual, otra de las diferencias con respecto a la normativa estatal y que hace en Galicia las medidas más restrictivas.

Un hombre con mascarilla, en bicicleta, por la calle Real de A Coruña.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) recogía el viernes pasado estos cambios que serán de aplicación a partir de este lunes, al igual que la adaptación del listado de ayuntamientos que cambian de nivel de restricciones por su situación epidemiológica. Con esta medida, Galicia adapta su normativa vigente sobre el uso de este elemento de protección. La Xunta recuerda que para el buen uso de la mascarilla ésta debe cubrir desde la parte del tabique nasal hasta la barbilla, ambos inclusive.

El pasado miércoles, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) acordó modificar la conocida como 'ley de normalidad', en la que se recogía una legislación sobre el uso de la mascarilla que la Xunta tachó de "desfasada" y, de hecho, el propio Gobierno entendió que había que modificar en algunos aspectos.

Uno de ellos era el que atañe a las playas, en que se hacía obligado el uso en todo momento, frente a la normativa gallega que, por ejemplo, eximía en el momento de estar tumbado al sol. Por el contrario, Galicia era más restrictiva en el uso de la mascarilla en el deporte y lo exigía en todo momento, una cuestión que ahora modula: seguirá siendo obligatoria en espacios urbanos, pero no en ambientes al aire libre cuando haya distancia de seguridad.

CONSUMO DE TABACO

En el caso particular del consumo de tabaco o cigarrillos electrónicos, así como alimentos y bebidas, en la vía pública o espacios al aire libre, solo se podrá exceptuar la obligación del uso de la mascarilla, y exclusivamente durante el indicado consumo, siempre que la persona lo efectúe parada y fuera de los lugares habituales de circulación de los viandantes. La excepción que permite bajarse la mascarilla para fumar en estas circunstancias descritas no se aplica, por tanto, para fumar en movimiento, así que fumar caminando -obviamente sin la mascarilla- sería sancionable.

De manera que, teniendo en cuenta la posible concurrencia de personas y las dimensiones del lugar, pueda garantizarse el mantenimiento, en todo momento, de la distancia de dos metros con otras personas. Será aplicable también para el uso de cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas y asimilados.

PLAYAS

La mascarilla no será exigible en el mar, playas y piscinas, y en el exterior o cubiertas, lagos, embalses, ríos o en otras zonas de baño en el momento del baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las personas usuarias no convivientes.

En cualquier caso, será obligatorio el uso de la mascarilla para los accesos, desplazamientos y paseos en las playas y piscinas, lagos y demás entornos acuáticos, así como para el uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.

HOSTELERÍA

En los establecimientos de hostelería y restauración, por parte de los clientes del establecimiento, no será exigible en los momentos estrictamente necesarios para comer y beber pero sí durante el resto del tiempo que permanezcan en el local, incluidos por descontado los desplazamientos.

RESPONSABILIDAD

Las autoridades de todas las administraciones implicadas en la lucha contra la pandemia de COVID inciden cada día en hacer un llamamiento a la responsabilidad individual y colectiva para frenar los contagios de coronavirus. También la Policía Local de A Coruña ha difundido, en sus redes sociales, las recomendaciones sanitarias con el fin de divulgar la normativa vigente y apelar al cumplimiento de las indicaciones sanitarias frente a la pandemia.