El área municipal de Rexeneración Urbana convocará a vecinos de Os Rosales en las próximas semanas para analizar las últimas sentencias sobre Maderas Peteiro: una que avala el contenido del plan general respecto a la fábrica y otra reciente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que, para disgusto de los residentes afectados, revoca, por un defecto de forma, el fallo que anulaba el intento de legalización del Gobierno anterior. Los demandantes han abierto un incidente de nulidad de actuaciones, cuya resolución no llegará antes de septiembre.

El Contencioso había invalidado en primera instancia el trámite realizado por el Gobierno anterior para intentar legalizar la actividad industrial de Maderas Peteiro [tiene una licencia de ebanistería de 1973]. El Tribunal Superior anula esta decisión, sin entrar a analizar su contenido, al considerar que el poder que la comunidad de propietarios le dio en 2013 a su presidente para emprender acciones legales no es válido, primero, porque la resolución que impugnó es posterior a la junta en la que lo facultaron, y segundo, porque es genérico y no se refiere a este asunto en concreto.

Los vecinos han presentado un incidente de nulidad de actuaciones, la última arma que tienen dentro del tribunal y que se puede presentar cuando se entiende que se han vulnerado las normas procesales y, por ello, el interesado se ha quedado en una situación de indefensión. Es condición sine qua non para llevar ante el Constitución un recurso de amparo.

El pasado 28 de julio la sala de lo Contencioso del Superior que lleva el proceso dio cinco días a la parte contraria [la maderera] para promover sus alegaciones. Como agosto es inhábil, el plazo para registrarlas acabará en septiembre, por lo que será a partir de ahí que los magistrados emitan su última resolución.

Entre tanto, el Concello informa de que convocará a los vecinos afectados a un encuentro para analizar los efectos de las sentencias, ambas favorables a Maderas Peteiro, sobre las instalaciones, próximas al colegio de Calasanz, de las que se llevan quejando más de una década por ruidos y contaminación, tanto públicamente como en los juzgados. El Gobierno local defiende que las zonas industriales no son compatibles con las residenciales y hacia ese camino, dicen, irán sus políticas.

En virtud del plan general, Maderas Peteiro tiene que mudarse del barrio de Os Rosales dentro de un plazo concreto. Es lo que estipula un convenio por el que el Concello le otorgó, en 2009, un aprovechamiento urbanístico en la zona para construir tres bloques de seis alturas para compensar a la firma por la mudanza a otro lugar de la ciudad de sus actividades. El convenio fue suscrito por Emilio Peteiro Labora y la edil socialista de Urbanismo, Obdulia Taboadela, en 2009, y ratificado por el PP en el documento urbanístico final. En él se incrementa en un 80% la edificabilidad en la zona que le otorgaba el plan de 1998 para permitirle construir los tres bloques en una zona próxima a la Carretera de Los Fuertes.

El objetivo del convenio era que la empresa tuviese financiación para trasladarse a otro lugar alejado de la zona residencial -manteniendo los empleos-. De los 11.300 metros cuadrados que le concedía el plan de 1998 se pasó a los 20.340 que figuran en la ficha actual del documento urbanístico (un aprovechamiento que se quiso incluir en el de 1998 pero que vetó la Xunta). El Ayuntamiento rubricó el convenio urbanístico solo quince días antes de que la Corporación municipal diese, el 1 de diciembre de 2009, la aprobación inicial al plan general.

A cambio, la empresa asumía una serie de compromisos. El primero "efectuar el traslado de la industria existente en el plazo de cuatro años desde la entrada en vigor del PGOM", algo que ocurrió en julio de 2013. En dos años desde esa misma fecha, que ya se han cumplido, la firma quedó comprometida a "presentar el Proyecto de Urbanización del Polígono y el Proyecto de Equidistribución".

¿Y de no cumplirse estos plazos? Según la literalidad del convenio, si la propietaria incumple sus obligaciones el Ayuntamiento puede cambiar el sistema de ejecución, en este caso de "concierto", por el que el propietario único o todos los propietarios de los terrenos, excepto los de uso y dominio público, asumen conjuntamente la entera actividad de gestión y ejecución, conforme a las condiciones libremente pactadas por ellos en convenio urbanístico aprobado por el Ayuntamiento y de acuerdo a las determinaciones establecidas en el planeamiento. Es más, también podría rebajar el aprovechamiento (tiene el 90% del tipo) para construir "sin que, por tal motivo, proceda indemnización alguna a favor de la propiedad".

El convenio, justificado por "interés general", establece además que la empresa no puede pedir licencias para edificar en el lugar, sino acredita ante el Ayuntamiento "el efectivo traslado y puesta en funcionamiento de la industria en su nueva ubicación". En cuanto al cumplimiento de los plazos, el convenio no contempla la posibilidad de que, como es el caso, el PGOM haya sido recurrido en el Contencioso con este desarrollo como protagonista.