El economista ourensano Francisco Prada Gayoso, uno de los socios de AD Cryex SLP, tiene una dilatada experiencia como administrador concursal de clubes de fútbol (Celta y Ourense) y de empresas como Fórum Filatélico, Metrocom o Afinsa. Es licenciado en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales por la Universidad Complutense, y licenciado en Derecho por la UNED. Fue presidente de la Agencia Industrial del Estado y vicepresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Él será uno de los encargados de reunir toda la información necesaria para determinar cuál es la realidad económica del Deportivo. AD Cryex supervisará el proceso, pero Prada Gayoso advierte de que "a quien corresponde buscar las soluciones y ponerlas en práctica es al consejo de administración".

EDos meses para analizar la situación e informar a la jueza. "Tenemos hasta el 14 de marzo como plazo límite para presentar en el juzgado un informe con todos los pormenores y todo lo que nosotros hayamos podido conocer en ese periodo. Fundamentalmente, qué ha pasado, cuál es la historia de este deudor, sobre todo la de los últimos años, cuáles son las principales actividades y operaciones que ha desarrollado, cuál es la causa de que se encuentre en esta situación y qué opinamos sobre las posibilidades que tiene de superarla. Luego ya a nosotros no nos corresponde poner las soluciones o dar las fórmulas para que en este caso el Deportivo salga adelante, que desde luego ojalá lo consiga. A quien le corresponde buscar las medidas, las soluciones y ponerlas en práctica es al consejo de administración. El auto que declara el concurso especialmente dice que siguen en sus puestos, en sus funciones, los administradores del club. Nosotros lo que hacemos es intervenir, conocer forzosamente las operaciones que pretendan realizar y ponerle nuestra conformidad o en su caso discrepancia para que resuelva la jueza sobre alguna operación que nos pudiese parecer indebida. Por lo demás, el club sigue en su gestión normal, bajo la responsabilidad o la dirección de los administradores que tiene nombrados".

Deberá autorizar cualquier operación económica. "Todas las operaciones que tengan algún contenido económico, todo lo que signifique hacer un pago, desde un euro hasta un millón de euros, debe tener nuestra autorización. Lo que permite la ley es autorizar genéricamente al consejo de administración para que pueda realizar operaciones con algunas características. Por ejemplo, se les puede autorizar para que hagan, libremente, pagos que no pasen, no sé, por ejemplo de 50 euros. Si hay que coger un taxi, comprar el periódico, pagar la luz... para que no tengan que llamar al administrador. Requiere antes que se nos haga un planteamiento y se nos diga qué tipo de operaciones son. Se les da autorización sujeta a que la revisión se haga a posteriori, con el justificante de que han gastado 17 euros hoy, siete mañana... Pero cualquier operación, sin referencia a la cuantía, que tenga contenido económico, requiere el visto bueno de los administradores concursales".

La duración de todo el proceso, un año como mínimo. "Es muy difícil de calcular a priori la duración. Depende de cómo esté de cargado de asuntos el juzgado que lo tiene que tramitar. Afortunadamente A Coruña es uno de los lugares en los que las cosas están razonablemente bien. Va a depender de las incidencias que surjan y eso nadie lo puede calcular. En el Ourense, en el que yo intervine, se consiguió resolver muy rápidamente, en seis o siete meses. El Celta tardó como un año largo, un año y cuarto aproximadamente. A lo mejor es posible que un margen semejante sea lo que dure aquí".

Principio de igualdad en comparación con otros casos similares. "El trato igualitario viene en la Constitución. Todos tenemos el derecho indiscutible a la igualdad ante la ley. Si una ley se le aplicó a quien sea, da igual, al Celta o a don Germán Pérez, que como particular entró en concurso, esa misma norma y ley se le aplica al que sea. Ahí no hay diferencias. En el caso del Celta es más o menos sabido que llegó a un acuerdo particular con la Agencia Tributaria, que es que para los créditos con privilegio se establecieran una serie de circunstancias especiales, como cualquier particular que va a negociar con la Agencia Tributaria. Por lo menos en algunos casos la Agencia Tributaria, si se le ofrecen garantías suficientes de que va a cobrar, y con exigencia de intereses, en algunos casos por lo menos suele conceder un aplazamiento".

La cuantía de las quitas la decide el consejo de administración. "El proceso concursal es un tanto litúrgico, porque cada cosa se produce en un momento determinado y no en otro. Llegará un momento en el que la jueza diga: 'ahora tienen ustedes un plazo de tiempo para presentar si quieren una propuesta de convenio'. Es el consejo de administración del club el que a su criterio exclusivo redacta y propone unos términos como si fuese un contrato, lo que se llama técnicamente una propuesta de convenio. Ahí establece si hay quitas o no hay quitas, de qué porcentaje son las quitas y cómo se aplican, y qué esperas, es decir, durante cuánto tiempo se va a pagar lo que se debe. Eso es el propio consejo de administración libremente, a su criterio absoluto, el que lo establece. La ley marca en principio unos límites, y es que la quita no puede exceder del 50% y la espera no puede exceder de cinco años. Pero aun así le establece al juez la posibilidad de que si lo considera justificado pueda permitir que se amplíen esos límites. Eso lo presenta el club y se somete por el juzgado a la opinión y votación de los acreedores. Si lo votan mayoritariamente a favor, queda aprobado y se aplica; y si no se muestran a favor, pues se desestima la propuesta de convenio y en principio se entra en la liquidación y desaparición de la entidad".

Primera toma de contacto con los abogados del club. "Esto está muy profesionalizado y automatizado. Lo normal es tomar primero un contacto con los abogados que representan al deudor, en este caso al Deportivo. También los abogados del club conocen estos mecanismos y saben qué tipo de documentación necesita habitualmente la administración concursal. Nos pondremos de acuerdo. Para nosotros lo de las personas es absolutamente secundario. A nosotros nos importan los papeles, los libros de cuentas. Aún no hemos tenido tiempo material, pero supongo que pronto empezaremos a recibir y examinar toda la documentación".

La jueza decidirá sobre el ingreso procedente de Mediapro. "No hay levantamiento de ese embargo, lo único que hay en el auto es que la jueza da un plazo de dos días a la Agencia Tributaria para que alegue lo que le corresponda sobre la posibilidad de que ese embargo subsista o se levante; y a nosotros, a la sociedad de la que formo parte, se nos dan dos días para informar al juzgado sobre las circunstancias de ese embargo. Por tanto, el juzgado no ha acordado ni levantarlo ni dejarlo sin levantar, ha mandado que se esperen dos días para que las dos partes hagamos ese informe al juzgado, cada uno sobre su posición, para que luego la jueza decida" (sobre esos 10,62 millones procedentes de Mediapro).