El Tribunal Superior de Justicia de Galicia emitió ayer un auto en el que plantea al Tribunal Constitucional la posible inconstitucionalidad del artículo 96 de la Ley del Parlamento de Galicia 9/2002 de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia.

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, contra el que no cabe recurso, adopta esta decisión tras la resolución del Tribunal Supremo en 2014 de anular un decreto de la Xunta de 2007 por el que se suspendía el planeamiento municipal del Ayuntamiento de Barreiros (Lugo). Se aprobaba además la Ordenación Urbanística Provisional al amparo de lo previsto en el artículo 96 de la Ley autonómica 9/2002 por haber sido omitido el trámite de información pública.

Ello infringe los artículos 149.1.1ª, 13ª, 18ª y 23ª de la Constitución al contradecir lo establecido en el artículo 11.1 del texto refundido de la Ley del Suelo, alega el TSXG en su auto.

El pasado mes de septiembre, la Xunta entendió "técnicamente procedente el planteamiento de la cuestión" de inconstitucionalidad, así como el Ministerio Fiscal, el mismo mes, que informó de que procedía interponer dicha cuestión.