Tres semanas después de que la Justicia europea avalase que España no pague intereses de demora a los proveedores, Hacienda remitirá a las administraciones que se acogieron al fondo de liquidez para poner al día sus facturas una carta en la que les pide que rechacen la reclamaciones de recargos por parte de autónomos y pequeñas empresas. En la notificación que hará llegar a Ejecutivos autonómicos, Federación de Municipios y Provincias (FEMP) y al Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (Cosital) les adjuntará también las conclusiones de la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE. "La adhesión era voluntaria y suponía la renuncia a percibir los intereses de demora", recuerda Hacienda en las misivas enviadas tras tener constancia de que se están produciendo "reclamaciones" de intereses de demora.

En el caso de Galicia, los ayuntamientos fueron la única administración que se adhirió al plan de pago a proveedores puesto en marcha por Hacienda, ya que la Xunta descartó recurrir al Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) porque entendía que no se traduciría en un ahorro de dinero para las arcas autonómicas, como defendía el departamento dirigido por Cristóbal Montoro.

El criterio favorable de la abogada general permite respirar al Gobierno central, que se enfrentaba al pago de unos 3.000 millones a más de 230.000 proveedores por los interese de demora devengados desde 2012, cuando se puso en marcha el plan de pago. Entre 2012 y 2014, Hacienda abonó a las empresas las facturas que les adeudaban entonces las autonomías y ayuntamientos acogidos al plan por valor de casi 42.000 millones, pero lo hizo a cambio de que los proveedores renunciaran a los interese de demora que por ley les correspondían (8%). En el caso de Galicia, los ayuntamientos se sumaron al plan de pago del Ejecutivo central para poner al día facturas por un importe de 220 millones de euros.

El origen de este asunto es la reclamación de una empresa de factoring que se dedica a comprar créditos pendientes de pago a proveedores del Servicio Murciano de Salud. Esta sociedad reclamaba intereses de demora a ese servicio y el Juzgado de Murcia planteó una cuestión "prejudicial" a la UE para saber si se estaba contraviniendo la normativa europea sobre morosidad. Esta petición del juez ha motivado la presentación por parte de España de alegaciones y también un escrito de la abogada general de la UE, entregado el pasado 12 de mayo en la que se "alinea con la posición defendida por España, poniendo de manifiesto que el Fondo para la financiación de pago a proveedores no se opone a las directivas comunitarias".

Estas, según la letrada, no se oponen a que un acreedor se adhiera a un mecanismo para cobrar de manera "acelerada" una deuda si "renuncia" a su derecho al cobro de los intereses de demora y a la compensación por los costes de cobro. También añade, según Europa Press. que ese acreedor puede mantener el derecho a cobrar todo, incluyendo los intereses, pero renunciando al cobro acelerado. "Es probable que tenga que esperar bastante más para cobrar", en este último caso, advierte la abogada general.

Según apunta el Ministerio de Hacienda en una nota, la mayoría de administraciones que se sumaron al plan no tenían entonces acceso al mercado para financiarse por lo que existía una "situación crítica" para sus finanzas y para la "supervivencia" de miles de pymes y autónomos "víctimas de la morosidad".