El Tribunal Supremo (TS) absolvió ayer a los cuatro armadores de Camariñas y a la pareja de uno de ellos que habían sido condenados por la Audiencia Provincial de A Coruña por pescar con dinamita en los años 2006 y 2007 en el litoral de Fisterra. El alto tribunal estimó los recursos de casación presentados por los acusados al considerar que no hay pruebas suficientes que demuestren su culpabilidad. Manuel Caamaño Barreiro, Carlos Campaña Carril y José Manuel Campaña Carril fueron acusados de sendos delitos de tenencia de explosivos y contra el medio ambiente. Isabel Campaña Caamaño, por su parte, lo fue por un delito de tenencia de explosivos y Felipe Campaña Carril por uno contra el medio ambiente.

La Audiencia Provincial impuso en febrero pasado una condena de cuatro años de prisión a Felipe, Carlos y José Manuel Campaña Carril, otros tres años de cárcel a Manuel Caamaño y dos a Isabel Campaña Caamaño. La sala de lo penal del Supremo dictó el 3 de noviembre una segunda sentencia en la que absuelve a todos los procesados, al admitir sus recursos de casación.

"Debemos absolver y absolvemos a los acusados Manuel Caamaño Barreiro, Carlos Campaña Carril y José Manuel Campaña Carril de los delitos de tenencia de explosivos y contra el medio ambiente de los que venían siendo acusados", dicta el fallo. De igual modo lo hace con Isabel Campaña Caamaño, del delito de tenencia de explosivos que se le imputaba y con Felipe Campaña Carril, del delito contra el medio ambiente. "Se mantienen los demás pronunciamientos de la sentencia de instancia no afectados por el presente", concluye.

Entre los motivos para declarar que "hay lugar" total o parcial a los recursos presentados por los cinco imputados, el magistrado se refiere a "imprecisiones" de las declaraciones y cuestiona algunas de las pruebas presentadas, como la intervención de conversaciones telefónicas de los acusados.

"Las llamadas de teléfono a que se hacen referencia fueron propiedad de los acusados en la noche del 26 al 27 de junio de 2006. En realidad, todos los testigos, tal como sus declaraciones son recogidas por el Tribunal en la sentencia, avistaron varios barcos, incluso de distintos puertos, en esa noche y en las zonas donde se oyeron las explosiones. Pero ninguno de los testigos declaró que concretamente fueran los acusados quienes utilizaron los explosivos desde los barcos de su propiedad", sentencia.

"En consecuencia -añade-, no se puede considerar probado que los acusados José Manuel Campaña y Carlos Campaña poseyeran los explosivos hallados en los bajos del inmueble donde, junto con otras personas, tenían su domicilio. Tampoco se puede considerar probado, por lo tanto, que Felipe Campaña entregara a los otros acusados explosivos para su uso en la pesca de cerco, ya que los explosivos que le fueron incautados puede destinarse a usos variados", explica el Tribunal Supremo.

En la operación contra los armadores fueron incautados de la vivienda de dos de ellos, entre otro material, 120 bombas de palenque, más de 50 artefactos explosivos, 14 cajas de detonadores pirotécnicos vacías, 102 detonadores y 40 metros de mecha lenta.