Cuando el Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña decretó en junio de 2012 que un condenado a nueve meses por cometer un delito de estafa debía ingresar en prisión, el sospechoso urdió un plan con su esposa para evitar la cárcel. El procesado, nacido en Lugo, decidió fingir su propia muerte para que las autoridades anulasen la orden de búsqueda, detención e ingreso en prisión emitida por el juzgado coruñés. Fue su esposa la que viajó a Palmira (Colombia) y lo inscribió en el registro de defunción como si hubiese fallecido el 6 de octubre de 2010 en ese municipio suramericano. "Pretendían conseguir el archivo del procedimiento penal", recalca el tribunal en la sentencia en la que lo condena por falsificar documentos para obtener el certificado de defunción y eludir cumplir los nueve meses de cárcel.

El plan salió a la perfección y el Ministerio de Justicia comunicó al Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña que el sospechoso había sido dado de baja del registro central de condenados por su fallecimiento. El organismo, entonces, dictó un auto en octubre de 2012 en el que declaró extinguida la responsabilidad criminal del procesado. Un "error judicial" fue lo que frustró el objetivo del condenado, según consta en la sentencia, pues a pesar de la orden de archivo de todas las causas pendientes contra él por su fallecimiento, no se eliminaron las órdenes de búsqueda y captura del sospechoso, que fue arrestado en julio de 2014 e ingresó en el centro penitenciario de Bonxe (Lugo).

"De no haberse producido dicho error, su responsabilidad se habría extinguido por fallecimiento en el procedimiento en el que fue condenado y habría podido seguir utilizando su identificación sin miedo a su detención y cumplimiento de la condena", indica la Audiencia Nacional en el fallo en el que desestima el recurso del procesado contra la sentencia que le impone 22 meses de prisión por cometer un delito de falsificación de documento para fingir su propia muerte.

El tribunal destaca que para inscribir su defunción fue necesario que falsificase su certificado de fallecimiento. El recurrente, según subrayan los jueces que rechazan sus alegaciones, fue "el beneficiario de la falsedad, pues con ella evitaba el cumplimiento de la pena". Además, para realizar los trámites, su esposa presentó documentación personal suya y una copia de su pasaporte que lo "lógico" es que se la hubiese enviado a Colombia el acusado desde España.